Inicio Contratación Especial Asesoría Asesoría en Contratación a Instituciones Públicas y entidades con aporte de recursos públicos

Asesoría en Contratación a Instituciones Públicas y entidades con aporte de recursos públicos

Le invitamos a valorar este artículo. (1 voto, media 2.00 de 5)
smaller text tool iconmedium text tool iconlarger text tool icon
asesoriaCE La Dirección Nacional de Contratación Especial brinda asesoría legal a autoridades y funcionarios de organismos, entidades y empresas de los sectores estratégicos en el ámbito de la contratación pública para que  en los procedimientos   de contratación, se  respeten los principios constitucionales  y la normativa de la contratación publica, que permitan la participación mayoritaria y ofertas competitivas, para el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo del Estado,  propendiendo a la seguridad jurídica

 

¿Quienes pueden solicitar asesoría?

 

Pueden solicitar asesoría las entidades organismos y empresas de los sectores estratégicos definidos en el artículo 313 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con los numerales 5, 6, 7 y 8 del artículo 1 de la Ley Orgánica de Contratación Pública; y, Disposiciones Transitorias de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, para que la Procuraduría General del Estado, a través de la Dirección Nacional de Contratación Especial atienda el requerimiento.


Sectores Estratégicos:


  • Energía en todas sus formas,
  • Telecomunicaciones,
  • Recursos naturales no renovables,
  • Transporte y la refinación de hidrocarburos,
  • Biodiversidad y el patrimonio genético,
  • Espectro radioeléctrico,
  • Agua, y
  • Los demás que determine la ley


Entidades:


  • Organismos y entidades creados por la Constitución o la Ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado.
  • Personas jurídicas creadas por acto legislativo seccional para la prestación de servicios públicos.
  • Corporaciones, fundaciones o sociedades civiles y compañías mercantiles conforme lo determinado en los numerales 7 y 8 del artículo 1 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
  • Empresas Públicas.
  • Sociedades Anónimas en las que el Estado a través de sus Entidades y Organismos sea Accionista Único.
  • Sociedades Anónimas en las que el Estado a través de sus Entidades y Organismos sea Accionista Mayoritario.
  • Sociedades Anónimas o de Economía Mixta en las que el Estado a través de sus Entidades y Organismos sea Accionista Minoritario.
  • Empresas Subsidiarias conforme lo establecido en el numeral 2.5 de la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Orgánica de Empresas Públicas.

Reddit! Del.icio.us! Mixx! Free and Open Source Software News Google! Live! Facebook! StumbleUpon! TwitThis Joomla Free PHP
 

Intranet

Visitas

mod_vvisit_counterHoy68
mod_vvisit_counterAyer463
mod_vvisit_counterSemana68
mod_vvisit_counterMes11922
mod_vvisit_counterTodo259612

¿Quién está en línea?

Tenemos 39 invitados conectado(s)