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Ley de Transparencia de la Información

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tranparenciaLa Procuraduría General del Estado ha alcanzado el mayor nivel de transparencia y excelencia en su información pública

 

 

 

 


Artículo 7 de la LOTAIP con enlaces web hacia información de la PGE

Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria:



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Literal a)

Estructura orgánica funcional, base legal que la rige, regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos;

  • Estructura orgánica funcional
  1. Estatuto orgánico de gestión por procesos
  2. Reglamento Orgánico Funcional(Archivo PDF, peso 770 Kb)
  3. Organigrama
  4. Mapas de Procesos(Archivo PDF, peso, 70 Kb)
  • Base legal que la rige
  • Regulaciones y procedimientos
  • Metas y objetivos de las unidades administrativas
  1. Metas:
    .

Literal b)

El directorio completo de la institución, así como su distributivo de personal;


Literal c)

La remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso el sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones correspondientes;

Literal d)

Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones;

En el enlace Incluye:

- Responsable de la información de la LOTAIP

- Servicios de la PGE: Patrocinio, Asuntos Internacionales y Arbitraje, Consultoría Legal, Asesoría Jurídica, Contratación Pública, Contratación Especial, Derechos Humanos, Mediación

- Enlaces sobre información Relacionada

- Oficinas de la PGE a nivel nacional


Literal e)

Texto íntegro de todos los contratos colectivos vigentes en la institución, así como sus anexos y reformas;

"LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO NO HA CELEBRADO CONTRATOS COLECTIVOS"

1.- Fecha de suscripción y expiración del contrato.- La Procuraduría General del Estado no ha celebrado contratos colectivos. Fecha de suscripción y expiración no aplica.

2.- Título II del Código de Trabajo Art. 220 : Acceso documento (Archivo PDF)

 

Literal f)

Se publicarán los formularios o formatos de solicitudes que se requieran para los trámites inherentes a su campo de acción;

Literal g)

Información total sobre el presupuesto anual que administra la institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así como liquidación del presupuesto, especificando destinatarios de la entrega de recursos públicos;


Literal h)

Los resultados de las auditorías internas y gubernamentales al ejercicio presupuestal;

Matriz de Seguimiento y Control de Recomendaciones:

Resultados Auditoría Interna:

Resultados Auditoría Gubernamental:

Literal i)

Información completa y detallada sobre los procesos precontractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales o jurídicas, incluidos concesiones, permisos o autorizaciones;


  • Procesos de Contratación : Dirección Regional Nro 1:

Literal j)

Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución;

  • La Procuraduría General del Estado no ha declarado como contratista incumplido a ninguna persona natural o jurídica.

    Al ser el Instituto Nacional de Contratación Pública la entidad que cuenta con la base general de contratistas incumplidos, usted tiene a continuación un enlace hacia ese sitio oficial :
  • Enlace al sitio web del Instituto Nacional de Compras Públicas (INCOP).

Literal k)

Planes y programas de la institución en ejecución;

Literal l)

El detalle de los contratos de crédito externos o internos; se señalará la fuente de los fondos con los que se pagarán esos créditos. Cuando se trate de préstamos o contratos de financiamiento, se hará constar, como lo prevé la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control, Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y la Ley Orgánica de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, las operaciones y contratos de crédito, los montos, plazo, costos financieros o tipos de interés;

  • La Procuraduría General del Estado no cuenta con créditos externos o internos.

Literal m)

Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía, tales como metas e informes de gestión e indicadores de desempeño;

  1. Informe de Gestión 2012 (Archivo PDF, peso 12 mb)
  2. Presentación Informe de Gestión 2012 (Archivo PDF, peso: 20 Mb)
  3. Enlace a Video Institucional P.G.E - 2012
  4. Tríptico Informe de Gestión 2012
  5. Presentación Informe de Gestión 2011 (Archivo PDF, peso: 7 Mb)
  6. Publicación Informe de Gestión 2011 (Archivo PDF, peso: 6.8 Mb)
  7. Enlace a Video Institucional P.G.E - 2011
  8. Informe de Labores abril 2009- julio 2010(Archivo PDF, peso: 9 Mb)

Literal n)

Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos

Literal o)

El nombre, dirección de la oficina, apartado postal y dirección electrónica del responsable de atender la información pública de que trata esta Ley;

DESPACHO PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO

  • Si requiere información acerca de la Procuraduría General del Estado, dirija su solicitud escrita, adjunta a una copia del RUC o de la cédula de identidad y su número telefónico, a través de la Unidad de Documentación y Archivo a:

    DR. DIEGO GARCIA CARRION
    PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO

    Dirección: Av. Amazonas N39-123 y Arízaga .Edificio Amazonas Plaza
    Quito - Ecuador 
    Telf: 593-2- 294 1300

    Apartado postal Número 17-21-1903, ubicado en el Edificio de los Correos en la Av. 9 de Octubre y Av. Eloy Alfaro

    Telf: 593-2- 2562029 / 593-2- 2562059
    ...

COORDINACION INSTITUCIONAL
...

Literal p)

La Función Judicial y el Tribunal Constitucional, adicionalmente, publicarán el texto íntegro de las sentencias ejecutoriadas, producidas en todas sus jurisdicciones;

  • Este literal no aplica a la Procuraduría General del Estado.



Literal q)

Los organismos de control del Estado, adicionalmente, publicarán el texto íntegro de las resoluciones ejecutoriadas, así como sus informes, producidos en todas sus jurisdicciones;


Literal r)

El Banco Central, adicionalmente, publicará los indicadores e información relevante de su competencia de modo asequible y de fácil comprensión para la población en general;

  • Este literal no aplica a la Procuraduría General del Estado.

Literal s)

Los organismos seccionales informarán oportunamente a la ciudadanía de las resoluciones que adoptaren, mediante la publicación de las actas de las respectivas sesiones de estos cuerpos colegiados, así como sus planes de desarrollo local; y,

  • Este literal no aplica a la Procuraduría General del Estado.


Literal t)

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo, adicionalmente, publicará el texto íntegro de sus sentencias ejecutoriadas, producidas en todas sus jurisdicciones.

  • Este literal no aplica a la Procuraduría General del Estado.





Art. 19.- De la Solicitud y sus Requisitos.- El interesado a acceder a la información pública que reposa, manejan o producen las personas jurídicas de derecho público y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, deberá hacerlo mediante solicitud escrita ante el titular de la institución.

En dicha solicitud deberá constar en forma clara la identificación del solicitante y la ubicación de los datos o temas motivo de la solicitud, la cual será contestada en el plazo señalado en el artículo 9 de esta Ley.

Art. 20.- Límites de la Publicidad de la Información.- La solicitud de acceso a la información no implica la obligación de las entidades de la administración pública y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente. Ley, a crear o producir información, con la que no dispongan o no tengan obligación de contar al momento de efectuarse el pedido. En este caso, la institución o entidad, comunicará por escrito que la denegación de la solicitud se debe a la inexistencia de datos en su poder, respecto de la información solicitada. Esta Ley tampoco faculta a los peticionarios a exigir a las entidades que efectúen evaluaciones o análisis de la información que posean, salvo aquellos que por sus objetivos institucionales deban producir.

No se entenderá producción de información, a la recopilación o compilación de información que estuviese dispersa en los diversos departamentos o áreas de la institución, para fines de proporcionar resúmenes, cifras estadísticas o índices solicitados por el peticionario.




INFORMACION ADICIONAL:

- Acceso a la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Informacíón Pública



 

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