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Caso Sobornos: Procuraduría General del Estado recupera bienes de los sentenciados
Caso Sobornos
Procuraduría General del Estado recupera bienes de los sentenciados
Mediante escrito de 24 de febrero de 2022, la Procuraduría General del Estado informó al Tribunal de Ejecución del Caso Sobornos que el Registro de la Propiedad del cantón Guayaquil, inscribió el comiso a nombre del Estado ecuatoriano de varios bienes de Rafael Vicente Correa Delgado, Alexis Javier Mera Giler, Walter Hipólito Solís Valarezo, Roldán Vinicio Alvarado Espinel, Viviana Patricia Bonilla Salcedo, Christian Humberto Viteri López, Bolívar Napoleón Sánchez Rivadeneira y Pedro Vicente Verduga Cevallos, sentenciados por el delito de cohecho en el Caso Sobornos. La propiedad sobre estos bienes le corresponde actualmente al Estado ecuatoriano conforme consta en los certificados de gravámenes.
En el mismo escrito, con fundamento en el artículo 377 del COGEP, la Procuraduría solicitó al Tribunal que disponga el embargo inmediato de varios bienes muebles e inmuebles que logró identificar y ubicar en otros cantones del país, registrados a nombre de los condenados.
La Procuraduría General del Estado, responsable del proceso de ejecución, no cejará en su tarea para que los sentenciados por casos de corrupción cumplan con lo dispuesto por los jueces y restituyan el daño ocasionado al país, garantizando de este modo la eficacia de la administración de justicia.
Caso Burlington: Procuraduría General del Estado insta a EP Petroecuador a ejercer la acción de repetición por pago a petrolera estadounidense
Caso Burlington:
Procuraduría General del Estado insta a EP Petroecuador a ejercer la acción de repetición por pago a petrolera estadounidense
La Procuraduría General del Estado, mediante oficio de 28 de enero de 2022, instó al ingeniero Ítalo Cedeño, gerente general de EP Petroecuador, a ejercer de manera inmediata la acción de repetición respecto al pago que realizó el Estado ecuatoriano a la empresa Burlington Resources Inc.
Recordemos que, el 21 de abril de 2008, la petrolera inició un procedimiento de arbitraje en contra del Ecuador tras la promulgación de la Ley No. 42, expedida en el año 2006, que incrementó a 50% la participación del Estado sobre las ganancias extraordinarias de las empresas petroleras, porcentaje que fue elevado al 99% mediante Decreto Ejecutivo No. 662 del año 2007, suscrito por Rafael Correa Delgado.
En el año 2017, el Tribunal Arbitral condenó al Estado ecuatoriano a pagar una indemnización de USD 379,8 millones de dólares más intereses a la empresa Burlington Resources Inc. El Ecuador pagó en dos cuotas en los años 2017 y 2018.
Finalmente, la Procuraduría solicitó a EP Petroecuador “informar sobre el estado de ese proceso y, en adelante, comunicar periódicamente a esta procuraduría de los avances de ese trámite”. Además, indicó que “en caso de que esa entidad del Estado no ejecute la acción de repetición, en ejercicio de las competencias previstas en la Constitución de la República y la Ley, le corresponderá al Procurador General del Estado incoarla en contra de quienes incumplieron esa obligación”.
Comunicado.
Al Procurador General del Estado le preocupa la votación en relación al Proyecto de Ley Orgánica de Repetición
Al Procurador General del Estado le preocupa la votación en relación al Proyecto de Ley Orgánica de Repetición
Este 17 de febrero de 2022, la Comisión de Justicia y Estructura del Estado no aprobó el informe para primer debate del Proyecto de Ley Orgánica de Repetición presentado por iniciativa del Procurador General del Estado, Íñigo Salvador Crespo, en julio de 2021. El objetivo de esta Ley es crear un marco normativo moderno y ágil que permita ejercer el derecho de repetición en contra de quienes causaron perjuicios económicos al Estado en el ejercicio de un cargo público.
Pese al apoyo del Presidente y de varios legisladores de la Comisión, los cuatro votos de la bancada de UNES, sin argumento jurídico que sustente su razón para oponerse a esta iniciativa, sumada una abstención, impidió que la Comisión aprobara dicho informe. El tratamiento de este importante proyecto de Ley para el país, queda suspendido.
El Procurador General del Estado alerta que “lo ocurrido hoy es un boicot de los asambleístas de UNES, a quienes no les interesa la recuperación de los recursos del Estado y defienden a ultranza a sus líderes, quienes provocaron que el país pague cuantiosos recursos por decisiones arbitrarias en contra de la Constitución y la Ley”.
El Procurador General del Estado, vocero de un clamor ciudadano unánime, exhorta a los asambleístas que votaron en contra del proyecto de Ley a reconsiderar su decisión, lo que permitirá que el país cuente en breve con un instrumento legal ágil y efectivo para restituir al Estado sus recursos públicos.
Caso Murphy: Procuraduría General del Estado insta al Ministerio de Energía y Recursos Naturales a ejercer la acción de repetición por pago a petrolera estadounidense
Caso Murphy: Procuraduría General del Estado insta al Ministerio de Energía y Recursos Naturales a ejercer la acción de repetición por pago a petrolera estadounidense
La Procuraduría General del Estado, mediante oficio de 28 de enero de 2022, instó al ingeniero Juan Carlos Bermeo, ministro de Energía y Recursos Naturales, a ejercer de manera inmediata la acción de repetición respecto al pago que realizó el Estado ecuatoriano a la empresa Murphy Exploration & Production Company – International.
Recordemos que, en el año 2011, la petrolera inició un procedimiento de arbitraje en contra del Ecuador bajo las Reglas de UNCITRAL, acción en la que alegó haber sufrido perjuicios como efecto de la promulgación de la Ley No. 42, expedida en el año 2006, que incrementó a 50% la participación del Estado sobre las ganancias extraordinarias de las empresas petroleras, porcentaje que fue elevado al 99% mediante Decreto Ejecutivo No. 662 del año 2007, suscrito por Rafael Correa Delgado.
En el año 2017, el Tribunal Arbitral condenó al Estado ecuatoriano a pagar una indemnización de USD 19,9 millones de dólares más intereses a la empresa Murphy. El Ecuador pagó en tres cuotas entre agosto y octubre de 2018.
Finalmente, la Procuraduría solicitó al Ministerio de Energía y Recursos no Renovables “informar sobre el estado de ese proceso y, en adelante, comunicar periódicamente a esta procuraduría de los avances de ese trámite”. Además, indicó que “en caso de que esa cartera del Estado no ejecute la acción de repetición, en ejercicio de las competencias previstas en la Constitución de la República y la Ley, le corresponderá al Procurador General del Estado incoarla en contra de quienes incumplieron con esa obligación”.
Caso OXY: Procuraduría insta a EP Petroecuador a ejercer inmediatamente la acción de repetición por millonario pago a empresa petrolera estadounidense
Caso OXY:
Procuraduría insta a EP Petroecuador a ejercer inmediatamente la acción de repetición por millonario pago a empresa petrolera estadounidense
La Procuraduría General del Estado, mediante oficio de 28 de enero de 2022 dirigido al ingeniero Ítalo Cedeño, gerente general de EP Petroecuador, instó a ejercer, de manera inmediata, la acción de repetición respecto del pago que realizó el Estado ecuatoriano en favor de la empresa Occidental Petroleum Corporation y Occidental Exploration and Production Company C. República del Ecuador (OXY).
Recordemos que, en el año 2006, esa empresa inició un arbitraje de inversiones en contra del Ecuador con fundamento en la declaratoria de caducidad del contrato de participación que mantenía para la exploración y explotación del Bloque 15 en la región amazónica. El Comité del Centro de Arreglo de Disputas Relativas a Inversiones (CIADI) en el año 2015 dictó su laudo por USD $ 1.061 millones de dólares en favor de la petrolera. El 7 de enero de 2016 la República del Ecuador y OXY suscribieron un acuerdo de pago que incluyó nueve cuotas que fueron canceladas entre febrero y junio de 2016.
La Procuraduría solicitó a EP Petroecuador informar sobre el estado de ese proceso y, en adelante, comunicar periódicamente los avances de ese trámite. Además, informó que “en caso de que esa entidad del Estado no ejecute la acción de repetición, en ejercicio de las competencias previstas en la Constitución de la República y la Ley, le corresponderá al Procurador General del Estado incoarla en contra de quienes incumplieron con esa obligación”.
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