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La Procuraduría es acusadora particular en dos casos que involucran a la Secom
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 13 de julio de 2020
UCS/145
La Procuraduría es acusadora particular en dos casos que involucran a la Secom
Durante esta semana, la Procuraduría General del Estado compareció como acusadora particular en dos procesos penales: el primero fue la audiencia de juicio que se realizó este 15 de julio por el caso Secom I (F. Alvarado y otros) por el presunto delito de peculado; el segundo fue al día siguiente, cuando se reinstaló la audiencia preparatoria del caso Secom II (G. Pacheco y otros) por el presunto delito de tráfico de influencias.
En el caso Secom I (F. Alvarado y otros), la Contraloría General del Estado emitió el informe con indicios de responsabilidad penal No. DNA4-0004-2018, en el que se analizaron los gastos y procesos de contratación realizados por la Secretaría Nacional de Comunicación (Secom), en la ejecución, producción y montaje de los enlaces ciudadanos realizados entre el 1 de junio de 2013 y el 24 de mayo de 2017.
En tanto, el caso Secom II (G. Pacheco y otros) se refirió al convenio interinstitucional, suscrito entre la Secretaría Nacional de comunicación y la Conferencia Episcopal Ecuatoriana, para la cobertura de la visita del Papa Francisco al país. Para esta actividad, la Secom suscribió un convenio de pago por USD 89.600,00 con Televisión Satelital S.A. que se encargó de registrar la visita papal. En este proceso, la Contraloría General del Estado también emitió un informe con indicios de responsabilidad penal.
En estos casos, el equipo de la Procuraduría General del Estado participó en todas las etapas en defensa del Estado ecuatoriano, ratificando la lucha efectiva contra la corrupción.
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Caso Banco Continental/Ortega-Trujillo: La Corte de Bancarrota del Distrito del Sur de la Florida acogió los argumentos presentados por el Ecuador y negó la bancarrota solicitada por Leonídas Ortega
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 8 de julio de 2020
UCS/144
Caso Banco Continental/Ortega-Trujillo: La Corte de Bancarrota del Distrito del Sur de la Florida acogió los argumentos presentados por el Ecuador y negó la bancarrota solicitada por Leonidas Ortega
Luego de la presentación de múltiples escritos y la realización de varias audiencias, la Corte de Bancarrota del Distrito Sur de la Florida aceptó en su totalidad los argumentos presentados por la Procuraduría General del Estado y estableció que la actuación de Leonidas Ortega Trujillo -para beneficiarse de la protección de la bancarrota- fue deshonesta, por lo que le negó su intención de evitar el pago de USD 191’953.517,50 de la sentencia en favor del Interamerican Asset Management Fund (IAMF), de propiedad del Banco del Pacífico.
En el caso Banco Continental/Trujillo Ortega, la institución asumió la defensa dentro del proceso N° 1996-648 iniciado por el Banco Central del Ecuador, el Interamerican Asset Management Fund (IAMF), el Banco Continental y el Banco Continental Overseas NV en contra de Conticorp S.A., Luis Alberto, Leonidas y Jaime Ortega Trujillo ante las cortes de Nassau (Bahamas) por la transferencia ilegal de una cartera de préstamos en perjuicio del IAMF.
El proceso tuvo una decisión final en el Consejo Privado de la Reina en Reino Unido (el 23 de mayo de 2015) en la cual se dispuso a los demandados el pago de USD 191’953.517,50 por indemnización de daños, más intereses y costas a favor del IAMF.
A partir de ello, la Procuraduría General del Estado inició acciones de reconocimiento y ejecución de la sentencia en los Estados Unidos.
El 15 de junio de 2015, Leonidas Ortega Trujillo presentó una solicitud ante la Corte de Bancarrota del Distrito Sur de la Florida para declararse voluntariamente en bancarrota, en su calidad de deudor de la sentencia emitida por el Consejo Privado de la Reina de Inglaterra. Con esta acción pretendía alcanzar la protección de la corte de los Estados Unidos para que no se ejecutara la sentencia en su contra.
El 14 de julio de 2015, el IAMF, representada por la Procuraduría General del Estado, presentó la demanda de oposición al proceso de bancarrota y solicitó a la Corte que rechazara el pedido de que se lo releve de responsabilidad respecto de la sentencia del Consejo Privado.
Con la reciente decisión de la Corte de Bancarrota del Distrito Sur de la Florida, el Estado ecuatoriano podrá continuar con las acciones necesarias para ejecutar la sentencia contra Leonidas Ortega Trujillo.
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Caso Sobornos 2012-2016: Procuraduría General del Estado solicitó que se desestime los recursos propuestos por los sentenciados y que se ratifique la decisión del tribunal
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 1 de julio de 2020
UCS/143
Caso Sobornos 2012-2016: Procuraduría General del Estado solicitó que se desestime los recursos propuestos por los sentenciados y que se ratifique la decisión del tribunal
Durante los días 24, 29, 30 de junio y 1 julio de 2020 se llevó a cabo, en la Corte Nacional de Justicia, la audiencia de apelación de la sentencia de primera instancia, dentro del Caso Sobornos 2012- 2016.
En este proceso, el Estado ecuatoriano, como perjudicado por los actos de corrupción, está representado y defendido por el Procurador General del Estado, Íñigo Salvador Crespo y su equipo.
El Tribunal dispuso que primero intervengan los sujetos procesales que interpusieron el recurso de apelación; es decir, los veinte sentenciados, en orden alfabético, y luego la Procuraduría General del Estado.
Hoy, la Fiscalía General inició con la réplica a los recursos presentados por los procesados. Luego intervino el Procurador quien indicó lo siguiente:
- El tribunal de juicio analizó en conjunto todas las pruebas documentales, periciales y testimoniales con las que se demostró la culpabilidad de los procesados.
- El criterio del tribunal, tras el análisis de todo el acervo probatorio actuado en la audiencia de juicio, es que se comprobó el delito de cohecho pasivo propio agravado. Existe compatibilidad entre el delito imputado a los procesados y la sentencia debido a que los hechos fijados desde la audiencia de formulación de cargos y delimitados en la audiencia preparatoria, han coexistido con la acusación fiscal.
- De igual forma, los cargos por los cuales la Fiscalía formuló la acusación son los hechos por los que se llamó a juicio. Son elementos que fueron discutidos en la audiencia y señalados por el tribunal al emitir su sentencia.
- El tribunal, tras un análisis exhaustivo, determinó que en este delito de cohecho los funcionarios públicos o intraneus infringieron su obligación de proteger a la administración pública de la cual eran garantes. Por su parte, los empresarios o extraneus contribuyeron al quebrantamiento de deberes especiales y defraudación de expectativas positivas de actuación por parte del intraneus.
La Procuraduría, como acusadora particular del delito de cohecho dentro del Caso Sobornos 2012-2016, ratifica su compromiso de defensa del patrimonio del Estado y su lucha contra la corrupción.
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Procurador pide reglas claras para pagos por concepto de indemnización que deberán hacer los sentenciados en caso Sobornos
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 30 de junio de 2020
UCS/142
Procurador pide reglas claras para pagos por concepto de indemnización que deberán hacer los sentenciados en caso Sobornos
El Procurador Íñigo Salvador, en su réplica en defensa del Estado ecuatoriano como víctima de los actos de corrupción dentro del caso Sobornos 2012-2016, apeló la sentencia de primera instancia, de conformidad con el art. 653 #4 del COIP, al no haber determinado el tribunal reglas claras para la individualización del monto que le corresponderá pagar a cada sentenciado.
En la sentencia se declaró que se provocó un perjuicio al Estado por USD 7.372.648,58 y se dispuso una indemnización de USD 14.745.297,16. Sin embargo, no se identificó la forma en que cada uno de los sentenciados responderá frente a este monto total.
El Procurador indicó que en este caso se cuenta con 19 autores (de distintas modalidades) y un cómplice, por lo que se entendería que no puede hacerse una división simple del monto, fijado por el Tribunal, entre los 20 sentenciados.
Además, precisó que la determinación de las reglas -en base a las cuales se fijará el monto individualizado de indemnización- debe tener una justificación de carácter procesal para alcanzar su efectiva ejecución.
Para el Procurador, esta sentencia es un precedente para el país en la lucha contra la corrupción. Es la primera vez que los más altos exfuncionarios de un Gobierno han sido sentenciados con pena de prisión, obligación de indemnizar y otras medidas.
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- La Procuraduría General del Estado se prepara para el retorno paulatino al trabajo presencial
- El Centro de mediación de la Dirección Regional de Loja ha atendido 38 audiencias en tiempos de pandemia
- La Procuraduría se mantiene activa frente a las acciones constitucionales
- Temas en los que se asesora a las entidades del sector público en cuanto a las solicitudes de autorización
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