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La Procuraduría General del Estado acompaña los procesos de investigación que realiza la Fiscalía en el marco de sus competencias
La Procuraduría General del Estado acompaña los procesos de investigación que realiza la Fiscalía en el marco de sus competencias
Dentro de las causas penales, la Procuraduría General del Estado (PGE) interviene en representación del Estado ecuatoriano, de conformidad con el artículo 441, número 6 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que le reconoce como víctima de la infracción penal. Esto, de conformidad con el artículo 237, números 1 y 2 de la Constitución que establecen que la PGE ejerce la representación judicial y el patrocinio del Estado y de sus instituciones.
La Fiscalía, por su parte, de acuerdo al artículo 195 de la Constitución es la titular de la acción penal; por ende, es función privativa de dicha institución investigar preprocesal y procesalmente todas las conductas que sean penalmente relevantes.
De acuerdo a los artículos 2, 3, 5 y 6 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado (LOPGE), al titular de esta institución le corresponde la representación judicial del Estado y tiene la competencia privativa para promover juicios, intervenir como parte procesal o supervisar el desenvolvimiento de los procesos judiciales, en defensa del patrimonio nacional y del interés público.
Es necesario aclarar que el Procurador, o su delegado, pueden intervenir de forma directa únicamente en aquellas causas en las que la institución afectada no cuente con personería jurídica y exista una afectación al patrimonio del Estado y al interés público.
Cuando la institución cuenta con personería jurídica, el artículo 7 de la LOPGE determina que sus representantes legales, síndicos, directores o asesores jurídicos o procuradores judiciales serán responsables del patrocinio. En esos casos, la Procuraduría General del Estado supervisa el desarrollo de los procesos y coordina acciones con las instituciones correspondientes; sin perjuicio de intervenir en ellas, cuando se considere necesario.
“Caso Sobornos 2012-2016. La visión jurídica de la Procuraduría General del Estado como acusador particular”
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Direcciones regionales de la Procuraduría organizan sus actividades durante el estado de excepción COVID-19
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No se detiene la gestión documental y la recepción de pedidos de información al interior de la Procuraduría General de Estado
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Continúa en vigencia la Resolución No.044 que suspende los términos y plazos en la Procuraduría General del Estado
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- Los términos y plazos que se encuentren discurriendo dentro de los procedimientos administrativos que se encuentran en trámite en la Procuraduría General del Estado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 162 del COA, medida que facilita el ejercicio de los derechos de las personas, con especial atención a los principios de eficiencia, responsabilidad, interdicción de la arbitrariedad, de seguridad jurídica y, sobre todo, asegura un debido procedimiento administrativo, respetuoso de todas las previsiones del ordenamiento jurídico.
- Los términos y plazos, que la institución concede a las entidades públicas dentro de los trámites, para emitir sus pronunciamientos, en ejercicio de las facultades concedidas en la Constitución de la República y su Ley Orgánica, como son: la absolución de consultas, el control de la legalidad, la autorización para transigir y desistir del pleito, entre otros. Conscientes de que los organismos públicos si bien están haciendo sus mayores esfuerzos para no paralizar su trabajo, existen dificultades de diversos órdenes que no permiten hacerlo al cien por ciento.
- Los plazos previstos en la LOTAIP, en pro de no dejar ninguna solicitud de acceso a la información pública sin atender, ya que la transparencia siempre ha caracterizado a esta institución.
- Los términos y plazos que se encuentren discurriendo en relación al tiempo de atención de los trámites y que se encuentren establecidos en normativa interna dictada para asegurar la eficiencia y eficacia en el trabajo de la Procuraduría General del Estado.
- La Procuraduría refuerza los reportes semanales en medio de la crisis sanitaria
- Tribunal de la Corte Nacional de Justicia emite sentencia condenatoria por el caso Sobornos 2012-2016
- El doctor Íñigo Salvador Crespo, da cuenta de la actuación de la Procuraduría General del Estado en el caso Sobornos 2012-2016
- Las direcciones regionales y misionales de la PGE realizan varias actividades por videoconferencia
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