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Rendición de Cuentas 2019 La gestión de las direcciones misionales de la Procuraduría alcanzó cifras importantes en el 2019
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 08 de marzo de 2020
UCS/53
Rendición de Cuentas 2019
La gestión de las direcciones misionales de la Procuraduría alcanzó cifras importantes en el 2019
En esta segunda entrega se abordará la gestión de las direcciones de Control de la Legalidad, Iniciativa Legislativa, Mediación y Asesoría Jurídica.
La Dirección Nacional de Control de la Legalidad de Contratos, se encuentra en una permanente actividad de control legal a los procedimientos y fases de la contratación pública, suele contrastar los hechos y los actos administrativos realzados por la entidad contratante a la luz de la normatividad aplicable en el país. En el 2019, esta Dirección registra 117 informes de gestión finalizados, frente a 71 que se encuentran en estudio.
Por otro lado, al cumplir ya un año en funciones, la Dirección Nacional de Iniciativa Legislativa e Investigaciones Jurídicas cumple con la presentación de proyectos de ley en el ámbito de su competencia. También asesora a las entidades públicas en la aplicación de principios de técnica legislativa y parlamentaria; y promueve, en coordinación con otras áreas, la organización y funcionamiento de capacitación e investigación jurídica que responda a las necesidades actuales y potenciales de la Procuraduría General del Estado.
Una de las propuestas elaboradas por esta dirección es el “Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria para Restituir el Control Previo de Legalidad de Actos y Contratos”, el cual fortalecerá la institucionalidad de la Procuraduría, con la revisión de las etapas: preparatorias, precontractuales, contractuales y de ejecución.
Otro trabajo de gran importancia para la Procuraduría es el que realiza la Dirección Nacional de Mediación. Una de sus acciones, en el 2019, fue depurar los procesos de mediación que se encontraban rezagados de años anteriores. La oficina de Quito del Centro de Mediación tenía más de 255 procedimientos pendientes de conclusión y ahora ya se encuentran finiquitados.
Cabe anotar que el doctor Salvador fomenta de manera enfática la utilización de la mediación para resolver conflictos con entidades del sector público.
Por último, la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica atiende las solicitudes de autorización para transigir, delegar y/o desistir del pleito judicial. En el 2019, atendió 50 solicitudes con una cuantía total de USD 3.751.305,46.
Mayor información de la Rendición de Cuentas 2019 en la página web: www.pge.gob.ec
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Rendición de Cuentas 2019 Aspectos relevantes de la gestión de las Direcciones Misionales en el 2019
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 07 de marzo de 2020
UCS/52
Rendición de Cuentas 2019
Aspectos relevantes de la gestión de las Direcciones Misionales en el 2019
En el marco de la Rendición de Cuentas 2019, la Procuraduría General del Estado presentará la gestión pormenorizada de sus ocho direcciones misionales.
En este importante evento, el señor Procurador abordará los aspectos más relevantes de los procesos misionales sustantivos o agregadores de valor, tales como: Patrocinio Nacional, Asuntos Internacionales, Derechos Humanos, Consultoría, Control de la Legalidad, Iniciativa Legislativa, Mediación y Asesoría Jurídica. De la misma manera, se referirá a los procesos habilitantes de apoyo o adjetivos como: Coordinación Nacional Administrativa Financiera, Coordinación Nacional de Planificación y Coordinación Institucional; y, finalmente, informará sobre la gestión de las Direcciones Regionales.
En esta primera entrega informativa abordaremos una parte de las Direcciones Misionales:
La Dirección Nacional de Patrocinio desarrolla adecuadas estrategias legales para el Estado ecuatoriano, el cual actúa en calidad de demandante o demandado, especialmente en los procesos relacionados con delitos que afectan la eficiencia de la administración pública. A más de su complejidad, estos casos atraen la atención mediática. Entre los más relevantes se encuentran: Sobornos 2012-2016, Vicuña, Secom I y II, Singue, Poliducto de Esmeraldas, Celec EP, entre otros. Hasta diciembre de 2019, Patrocinio registra un total de 103.991 causas activas.
Un rol parecido tiene la Dirección Nacional de Asuntos Internacionales y Arbitraje (DNAIA): defender y patrocinar al Estado ecuatoriano, pero en sedes extranjeras. En atención a la política de hacer más eficiente el uso de los fondos públicos, esta Dirección asumió la responsabilidad de participar activamente en el desarrollo de los arbitrajes internacionales y en los procesos en jurisdicción internacional y extranjera.
Por ello, la DNAIA presentó de manera directa varios escritos relativos a la contestación de solicitudes de arbitraje, solicitudes de bifurcación, oposición a las medidas provisionales, recursos de interpretación y escritos de costas. Entre los casos más representativos que lleva esta Dirección se encuentran: Albacora, Internexa, Inmobiliar, Covergia, Romero Quezada, Worley Parsons, Inter Rao, entre otros. Hasta diciembre de 2019 se registraron 69 causas activas. De enero a diciembre del mismo año se contabilizaron 19 causas nuevas, 12 causas terminadas y 156 autorizaciones de arbitraje.
Por otro lado, la Dirección Nacional de Derechos Humanos centra su trabajo en la representación judicial y defensa del Estado ante los sistemas internacionales de protección de derechos humanos. Su gestión está encaminada a fortalecer el trabajo con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y que el Estado cumpla con sus obligaciones en esta materia. Los casos que son de especial atención mediática son: Emilio Palacio (El Universo), Guzmán Albarracín Paola, Garzón Guzmán, entre otros. En el 2019, esta dirección registró 80 causas nuevas.
Para finalizar esta primera entrega mencionamos a la Dirección Nacional de Consultoría que se encarga de preparar los proyectos de pronunciamientos mediante los cuales el Procurador General absuelve las consultas que le formulan las máximas autoridades de las entidades del sector público, sobre la inteligencia y aplicación de las normas jurídicas. Estos pronunciamientos son de carácter vinculante, es decir, de obligatorio cumplimiento para el sector público.
Para mayor información visita nuestra página web: www.pge.gob.ec
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Fortalezas en la gestión del Procurador General del Estado
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 06 de marzo de 2020
UCS/51
Fortalezas en la gestión del Procurador General del Estado
Desde que el Procurador General del Estado, Íñigo Salvador Crespo asumió sus funciones el 31 de julio de 2018, se ha preocupado por mejorar las condiciones de trabajo, los servicios y el clima laboral al interior de la institución.
Con el Proyecto de Fortalecimiento Institucional (Profip), por ejemplo, se busca emprender un nuevo modelo de gestión, el uso de herramientas tecnológicas y la consolidación de capacidades para una efectiva defensa jurídica del interés público.
El Profip se enmarca en el “Programa de Modernización de la Administración Financiera” que ejecuta el Ministerio de Economía y Finanzas con base en los recursos previstos en el Contrato de Préstamo suscrito el 4 de octubre de 2019 por el Estado ecuatoriano con el Banco Interamericano de Desarrollo.
La presente administración también creó el servicio de Asesoramiento Legal Externo (ALE), este servicio ha sido clave para que las distintas entidades y organismos públicos se orienten de mejor manera desde el ámbito jurídico no vinculante. Para ello, el servicio ALE desarrolló una metodología propia cuya principal herramienta es la construcción de una plataforma en línea.
Estos proyectos, a más de otras acciones e iniciativas, mejoraron de forma ostensible la medición del clima laboral al interior de la institución. Según el informe del Ministerio de Trabajo, el clima laboral de la Procuraduría es MUY BUENO con un valor de medición del 77%, superando en un 9% la medición del 2018 que fue del 68%.
Esta información se encontrará en la Rendición de Cuentas que el Procurador brindará a los organismos de control y a la ciudadanía el próximo 9 de marzo de 2020.
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Procurador General del Estado en su alegato final solicitó la reparación integral para el Estado ecuatoriano
BOLETÍN
Quito, 05 de marzo de 2020
UCS/50
Procurador General del Estado en su alegato final solicitó la reparación integral para el Estado ecuatoriano
Hoy, 5 de marzo de 2020, el Procurador General del Estado, doctor Íñigo Salvador Crespo realizó su alegato final dentro del caso Sobornos 2012 – 2016, durante una hora. En su exposición explicó cómo funcionaba la estructura delincuencial manejada por la cúpula del gobierno de Rafael Correa Delgado y pidió una reparación por USD 23.025.588,27 más el monto de los contratos firmados con las empresas involucradas.
Su intervención estuvo divida en cinco partes: en la primera, explicó cómo la estructura delictiva cometió el delito de cohecho; en la segunda, describió cuáles fueron los actos injustos en los que incurrió cada uno de los exfuncionarios públicos: (A1-SP-RC-RCD) Rafael Vicente Correa Delgado, (A2-SVP-L1-JG) Jorge David Glas Espinel, (VA-VAE) Roldán Vinicio Alvarado Espinel, (MD-L2) María de los Ángeles Duarte Pesantes, (WS-L3) Walter Hipólito Solís Valarezo, (PM-C3) Pamela María Martínez Loayza, (LT) Laura Guadalupe Terán Betancourt, (AM) Alexis Javier Mera Giler, (VB) Viviana Patricia Bonilla Salcedo y (CV) Christian Humberto Viteri López; en la tercera parte, identificó a los representantes de empresas que ofrecieron y/o entregaron sumas de dinero por vías variadas a los funcionarios públicos, e ilícitamente fueron beneficiados con contratos o convenios de pago; en el cuarto punto, se refirió al cruce de facturas y a la delegación para suscribir contratos y convenios de pago; finalmente, en la quinta parte, determinó a los autores y su grado de participación, y solicitó la reparación integral material por USD 23.025.588,27 más el monto de los contratos relacionados y la reparación inmaterial. Además, como medida de reparación simbólica requirió que los 21 procesados presenten disculpas públicas y reconocimiento de los hechos y sus responsabilidades, en uno de los medios de comunicación con difusión a nivel nacional.
Al terminar su intervención pidió a los “señores Jueces Nacionales, afrontar esta histórica coyuntura y aislar y erradicar a esos agentes corruptores, en una lección ejemplarizadora para los corruptos de todos los tiempos, y como testimonio de que la justicia alcanza a todo malhechor, tenga el poder que tuviere o el dinero que tuviere”.
“La corrupción, como lo evoca su propio nombre, causa la descomposición del organismo social, hasta su más ínfimo miembro. Solo aislando a los agentes corruptores se podrá detener la putrefacción y recuperar la salud del cuerpo social”. Anónimo
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Hoy en Haití se llevó a cabo la audiencia de fondo en el caso Destitución de exdiputados del Congreso Nacional
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 05 de marzo de 2020
UCS/49
Hoy en Haití se llevó a cabo la audiencia de fondo en el caso Destitución de exdiputados del Congreso Nacional
La CIDH convocó al Estado ecuatoriano a la audiencia de fondo por el caso 13.338 Destitución de exdiputados del Congreso Nacional (2007), misma que se desarrolló esta mañana en Haití y en la cual se presentaron algunas pruebas y alegaciones orales en relación al caso.
La Comisión Interamericana notificó al Estado en el 2018, con el Informe de Admisibilidad No. 123/17, en el cual, tras declararse competente para conocer la denuncia, determinó la admisibilidad de la petición en relación a los artículos 5 (integridad personal), 8 (garantías judiciales), 23 (derechos políticos), 24 (igualdad ante la ley) y 25 (protección judicial), en relación con los artículos 1.1 y 2 de la CADH. Así mismo, la CIDH manifestó que la petición era inadmisible en relación al artículo 9 (principio de legalidad y de retroactividad).
En el 2007, 53 de los diputados destituidos presentaron su petición a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, alegando violaciones a sus derechos humanos, específicamente: garantías y protección judicial, derechos políticos, igualdad ante la ley, principio de legalidad y retroactividad. En ese mismo año, 57 diputados del Congreso Nacional fueron destituidos por el entonces Tribunal Supremo Electoral, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 155 de la Ley Orgánica de Elecciones que se encontraba vigente, esto en virtud de haber obstruido el proceso electoral de consulta popular para la instauración de una Asamblea Constituyente, que fue convocada por el organismo electoral el 1 de marzo de 2007.
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