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La Procuraduría recalcula el monto de reparación en el caso Sobornos 2012-2016
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 13 de enero de 2020
UCS/13
La Procuraduría recalcula el monto de reparación en el caso Sobornos 2012-2016
Tras la decisión de la magistrada Daniella Camacho Herold de sobreseer a los empresarios José Verdú y Cai Run Guo, de las empresas Constructora Verdú S.A. y Sinohydro, la Dirección Nacional de Patrocinio de la Procuraduría General del Estado deberá recalcular los USD. 23,3 millones que consideró inicialmente como monto de reparación en el caso Sobornos 2012-2016.
Los USD 23,3 millones estaban calculados sobre la base de los USD. 7,7 millones establecidos en contratos. De esta manera se revisará el valor que la PGE solicitó en su acusación particular y para lo cual se consideró como baremo la norma anterior que establecía la sanción por el triple del monto que fue objeto del cohecho.
“Con la decisión de la jueza tenemos que extraer todos los contratos relacionados con esas empresas y determinar un monto que posiblemente sea menor”, dijo Alicia Contero, subdirectora de lo Civil y Penal de la PGE.
Al momento, son siete las entidades públicas involucradas en este proceso: la Presidencia y Vicepresidencia de la República, el Ministerio Coordinador de Sectores Estratégicos, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Secretaría Nacional de la Administración Pública y la Secretaría Nacional del Agua (Senagua).
La DNP, además, está concentrada en la preparación de la audiencia de juicio. Recién el viernes anterior fueron designados los jueces Iván León (ponente) Marco Rodríguez e Iván Saquicela para el Tribunal de Juzgamiento y la jueza Daniella Camacho remitió el acta de la audiencia al nuevo tribunal.
No obstante, se conoció que algunos abogados defensores trataron de incidentar esta última actuación de la jueza con escritos que pretendían apelar de la decisión oral de la jueza. “Tenemos que esperar cuáles van a ser los pronunciamientos de los jueces respecto a estos pedidos”, indicó la experta.
A pesar de ello, “esperamos que los nuevos jueces conozcan del proceso para que puedan designar una fecha para el juicio”, finalizó la doctora Contero.
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Resultados de la defensa del Estado en procesos internacionales durante 2019
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 10 de enero de 2019
UCS/12
Resultados de la defensa del Estado en procesos internacionales durante 2019
En todos los procesos de arbitrajes y juicios en sede extranjera terminados en 2019, el Estado ecuatoriano no fue condenado a pagar ningún monto por los tribunales internacionales.
En este año, la PGE ejerció la defensa legal y técnica del Estado ecuatoriano en 38 demandas internacionales: ocho arbitrajes comerciales, ocho arbitrajes de inversión y 16 juicios en sede extranjera. Durante 2019, se iniciaron 19 procesos y 12 terminaron.
La cuantía reclamada en los casos terminados en los cuales el Estado ecuatoriano o sus instituciones fueron demandados ascendió a 12.464.848.729,93 USD. De ellos, un arbitraje es comercial, dos son de inversión y ocho son juicios en sede extranjera.
Entre los arbitrajes de inversión está el caso de Sociedades Grupo Albacora, en el cual el Tribunal reconoció a favor de Ecuador el monto de USD 1.898.313,72. En el caso Oleoductos de Crudos Pesados (OCP), las partes alcanzaron un acuerdo que puso fin a la disputa que los involucraban.
Finalmente, el período terminó de manera favorable a los intereses de Ecuador porque se desechó la demanda de uno de los juicios con mayor cuantía reclamada: más de 11 mil millones de dólares.
En 2019, gracias a la intervención de la Procuraduría General del Estado, el Estado ecuatoriano ha alcanzado resultados favorables a sus intereses.
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Las consultas absueltas de la PGE han mejorado del 14% al 70%
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 10 de enero de 2020
UCS/11
Las consultas absueltas de la PGE han mejorado del 14% al 70%
Uno de los servicios que brinda la Procuraduría General de Estado es la absolución de consultas que le formulen las máximas autoridades de las entidades del sector Público, sobre la aplicación de normas jurídicas.
Desde que el Procurador Íñigo Salvador Crespo asumió sus funciones, el 31 de julio de 2018, los pronunciamientos emitidos han mejorado del 14% al 70%, según la Dirección Nacional de Consultoría de la PGE.
Los organismos consultantes tienen que ser necesariamente públicos porque la entidad no tiene atribuciones para absolver los requerimientos de las entidades particulares.
Las consultas no pueden referirse a procesos judiciales, pendientes o resueltos por los jueces o tribunales de la República. Estas resoluciones de la Procuraduría son de carácter vinculante, es decir, de cumplimiento obligatorio y solo deben aplicarse a leyes que estén por debajo de la Constitución.
Además, el pronunciamiento del Procurador no sustituye la voluntad administrativa, por lo que el consultante o la entidad pública deberá admitir su acto administrativo en atención al pronunciamiento que haya emitido el Procurador sobre esa materia.
Las materias a consultar son diversas y tienen relación con todo el derecho público, como: la Ley Orgánica del Servicio Público (Losep), el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), la Ley Orgánica de Educación Intercultural, el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, entre otras normativas.
Para solicitar una consulta se requiere: un oficio dirigido a la Procuraduría, adjuntar el criterio jurídico de la entidad consultante, es decir, la posición institucional sobre la consulta que realizan, y otros requisitos adicionales.
Para mayor información, las entidades públicas interesadas pueden acceder a la página web de la PGE: http://keops.pge.gob.ec:7780/servicios2017/consultas.principal_palabra.
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Los jueces decidirán el monto definitivo sobre el daño causado al Estado
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 07 de enero de 2020
UCS/06
Los jueces decidirán el monto definitivo sobre el daño causado al Estado
En una entrevista con Teleamazonas sobre el caso Sobornos 2012-2016, el Procurador Íñigo Salvador explicó que la participación de la PGE se debe limitar al tema de demostrar el daño causado al Estado.
Agregó que la Fiscalía se dedica a recabar las pruebas, en general, en la fase de investigación previa y luego se dedica a proponer el delito que se supone se ha cometido y acusar a los perpetradores. En cambio, la PGE “es la representante judicial del Estado y cada vez que hay un delito que afecta a alguno de los bienes jurídicos que detente al Estado, por ejemplo, en este caso es el cohecho, uno de los delitos que atenta contra la eficiencia del Estado”, dijo.
El Procurador subrayó que los delitos tienen dos fases: la fase de sanción, es decir, la pena a los delincuentes; y la de la reparación integral que en este caso corresponde recibir al Estado. “Nuestro papel dentro del proceso se circunscribe fundamentalmente a demostrar que el daño se ha causado y a cuánto asciende este”, anotó.
¿La PGE recopila pruebas y cómo va a demostrar ese perjuicio al Estado? El titular de la PGE subrayó que trabajo de recopilación de pruebas lo hizo ya la Fiscalía General del Estado, en la fase de investigación previa. Entre ellas hay algunas pruebas para determinar que se causó el daño al Estado y a cuánto asciende. Son pruebas de la más diversa índole pero, sobre todo: contable, informes periciales de los peritos designados por la Fiscalía para hacer el análisis contable de todas las facturas recibidas, de todos los informes, incluso información de otros tipos de prueba que lleven a determinar si se realizó el daño y a cuánto asciende, dijo.
El monto del daño al Estado
Según el Procurador, el monto definitivo sobre el daño al Estado también les corresponderá a los señores jueces decidir sobre la base de los aportes que haga la PGE desde el punto de vista fundamentalmente probatorio. También dijo que como dos de los empresarios han sido sobreseídos - el señor Caí Rungo de la empresa Sinohydro; y el señor Verdú en relación a su propia empresa - es probable que el monto inicialmente calculado por la PGE haya disminuido en algo pero, en todo caso, será una cifra en torno a los 7 millones de dólares.
El Procurador explicó que la PGE había propuesto (pero esto es algo que el tribunal deberá decidir si lo acepta o no) utilizar el artículo 286 del Código Penal antiguo porque estaba vigente al momento de los hechos. Este artículo tiene un dato para cuantificar el daño: multiplicar la cifra por 3. Así el monto de 7 millones de dólares multiplicado por 3 da entre 21 y 23 millones de dólares. Eso se tendrá que ver en el proceso, una vez excluidos los dos empresarios que fueron sobreseídos por la jueza Camacho.
Recuperar los dineros y los bienes
Pero advirtió que el primer paso es conseguir una sentencia en firme que determine que estas personas deben resarcir integralmente al Estado en base al esquema de los jueces, es decir, “quién se hará cargo de qué”.
Una vez con esa sentencia, dijo, le corresponde al Estado ecuatoriano a través de las instancias competentes, ir tras esos dineros. Esos recursos pueden estar en cuentas nacionales, en cuentas internacionales, o muy probablemente ya no estén en cuentas a nombre de los implicados directamente, subrayó.
Además explicó que pueden estar en bienes dentro y fuera del país, “ahí inicia una labor de búsqueda, de investigación, de rastreo de donde se encuentran esos dineros y en muchos casos se requerirá iniciar procesos en el exterior porque en estos proceso de lavado de dinero es lo que generalmente ocurre”, dijo.
El Procurador señaló que es necesario determinar si esos bienes fueron vendidos por un tercero de buena fe y ese tercero va a decir “yo no tenía ninguna idea y va a oponerse a que el negocio sea desecho y que a él le quiten el dinero que recibió”.
Subrayó que esa segunda parte es complicada y larga y es lo mismo que ha dicho en relación a todos los casos de corrupción. “El recuperar los dineros de la corrupción es una tarea larga y difícil en la que el Estado ecuatoriano está empeñado. Pero en la cual se encuentra a cada momento con obstáculos como el de este ejemplo”.
Alianza PAÍS
Para el doctor Salvador, el informe del Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre los gastos electorales del exmovimiento político Alianza PAÍS bajo la dirigencia del expresidente Rafael Correa, no influye en nada en el caso Sobornos 2012-2016. “Ese informe se basa en la información, en los reportes que Alianza País sí presentó al CNE. Todo lo que se maneja en el caso Sobornos es el dinero que Alianza País nunca reportó al organismo electoral”, dijo.
Según el Procurador, en la teoría del caso que “nosotros hemos propuesto y que se ajusta casi en su totalidad a lo que la Fiscalía propone, justamente se trata que, a través de este cohecho se obtenía fondos adicionales a los que legalmente tenía Alianza País”, dijo.
Además explicó que se obtenía fondos adicionales para la financiación de actividades de campaña pero, en muchos casos, también fondos que eran recibidos en dinero por algunos de los funcionarios. En todo caso, agregó, eso ponía a Alianza País en una situación de ventaja frente a todos los otros contendores en las lides electorales, que no tenían acceso a esos dineros o no en la magnitud de Alianza País. “En la audiencia se dijo que eso explica por qué Alianza País durante ese período 2012 – 2016 ganaba todos los procesos electorales y tenía muchísima más plata que el resto de contendores”, recalcó.
Participación del expresidente y exvicepresidente de la República
El Procurador subrayó que en la teoría del caso que propuso su entidad existen estos niveles directivos donde tiene a la cabeza al expresidente de la República, Rafael Correa, y al exvicepresidente de la República, Jorge Glas, sentenciado por asociación ilícita en el caso de corrupción de Odebrecht, que actuaba en algunos momentos de ese período como Ministro Coordinador de Sectores Estratégicos. También tiene a otros 3 ministros, quienes establecían los contactos con las empresas y ordenaban qué hacer con los dineros una vez recaudados.
En el proceso hay indicios suficientes, que esperan sean ratificados ya como pruebas en el juicio, para determinar que el expresidente de la República lideraba este esquema, tanto así, que hasta incluso fue beneficiario de él, dijo. También los otros altos funcionarios rotaban en varios ministerios de los sectores estratégicos, donde había una gran cantidad de contratos públicos cuantiosos, que servían justamente para desencadenar este proceso de cohechos, dijo.
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Caso Sobornos: Las personas que sean condenadas deberán resarcir al Estado
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 06 de enero de 2020
UCS/05
Caso Sobornos: Las personas que sean condenadas deberán resarcir al Estado
En una entrevista de esta mañana en Contacto Directo, el procurador Íñigo Salvador Crespo dijo que la jueza Daniella Camacho ha llamado a juicio a las personas que ella ha considerado y tienen suficientes indicios, como para ser procesadas en un juicio penal, que es la próxima fase.
La Procuraduría General del Estado (PGE) llevará adelante también la acusación particular con el propósito fundamental de demostrar que hubo daño contra el Estado ecuatoriano y que las personas que lleguen a ser condenadas tendrán que resarcirlo, explicó el Procurador.
Subrayó que la Procuraduría en su acusación particular también ha postulado que el cohecho se da en este caso, a través de un esquema sumamente bien organizado, liderado desde la Presidencia de la República, utilizando las instalaciones estatales, la jerarquía estatal, involucrando a funcionarios del Estado para obtener fondos de terceros, que son contratistas del Estado.
El Procurador señaló que esos fondos han servido o han llegado a manos de la organización del gobierno anterior, que en ese momento era Alianza País (AP), a través del pago a proveedores a su campaña o de alguno de los funcionarios públicos procesados.
El caso es bastante claro, subrayó, hasta el momento hemos estado en la fase de instrucción fiscal, corresponderá en el juicio, que es la fase que comienza ahora, demostrar a cabalidad persona por persona, caso por caso, utilizando los documentos del expediente del proceso que el delito efectivamente se cometió. Eso hará que esta audiencia de juicio, una vez que sea convocada, sea bastante prolongada, dijo.
Para el Procurador, la Fiscalía es dueña de la acción penal pública y le corresponde a ella determinar a qué personas procesa y por qué delitos. La fiscal, Diana Salazar, debe tener motivos más que suficientes como para procesar a unos y no a otros. En relación al tema de Odebrecht, dijo, se sabe que el Estado ecuatoriano y la Fiscalía, antes de la llegada de la doctora Diana Salazar, en la época del fiscal Carlos Baca Mancheno, suscribió un Acuerdo de Cooperación Eficaz con la justicia brasileña.
En ese acuerdo, los personeros de la compañía Odebrecht colaboraban en las investigaciones que se realizan en Ecuador. En el caso Sobornos se cuenta con un importantísimo testimonio de José Conciensao Santos, exjefe de la constructora brasileña en este país, que es una pieza importante y que la defensa de los procesados pretendió excluir, dijo.
Pero la jueza Daniella Camacho decidió que no se excluiría y, es en parte, gracias a ese testimonio que estamos ahora en donde estamos, puntualizó. “Yo entiendo que esa es la razón de fondo, pero si la Fiscal determina que esas personas deben ser procesadas, pues le corresponde a ella, a nadie más, decidir si las procesa. Y si ese es el caso, insistió, la Procuraduría General del Estado intervendrá también para presentar su acusación particular”.
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