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Estado ecuatoriano pide disculpas públicas por fallas en el sistema educativo en caso ocurrido en 2002
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 28 de enero de 2020
UCS/21
Estado ecuatoriano pide disculpas públicas por fallas en el sistema educativo en caso ocurrido en 2002
En el contexto de la audiencia pública del caso Guzmán Albarracín y otros, en contra del Estado ecuatoriano, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos con sede en San José, Costa Rica, el Ecuador ofreció disculpas públicas a Petita Albarracín, madre de Paola y Dennis Guzmán, víctimas en el presente caso.
El Estado empezó su intervención reconociendo algunos hechos sucedidos y consideró que debía realizar el reconocimiento público de los siguientes hechos:
De manera preliminar, se señaló la ausencia de rutas de denuncia, investigación y sanción para las situaciones de violencia sexual que ocurran en el ámbito académico, así como la falta de medidas de prevención. Igualmente, reconoció la inadecuada investigación administrativa que se realizó para esclarecer los hechos y determinar responsabilidades de lo sucedido. Finalmente, que el proceso judicial por la muerte de Paola Guzmán no cumplió con los estándares de debida diligencia, toda vez que no se logró la localización y captura del imputado, lo cual devino en la prescripción del delito.
En el ámbito administrativo, frente a las denuncias de una presunta relación entre el profesor Bolívar Espín y la adolescente Paola Guzmán, a la fecha de los hechos y en el caso concreto, el Estado no implementó las medidas adecuadas y efectivas para investigar y determinar la existencia de los hechos denunciados y, de ser el caso, sancionar a los responsables. En este sentido, si bien se iniciaron procesos en sede administrativa, y el profesor Bolívar Espín fue desvinculado del colegio, los procesos no dieron respuesta a la denuncia presentada por la madre de Paola.
Frente a posibles situaciones de violencia sexual en la institución educativa en cuestión, a la fecha de los hechos, el Estado no había dado una política pública adecuada y efectiva para prevenir que hechos como los denunciados ocurrieran.
Por otro lado, respecto a la investigación penal, el Estado reconoce que, a través del proceso judicial desarrollado en el fuero interno, no se pudo establecer si las conductas denunciadas se adecuaban a un tipo penal determinado, debido a la falta de diligencia de las autoridades estatales para la localización y captura del imputado, lo cual devino en la prescripción de la acción penal, por cuanto el proceso se encontraba suspendido en estado de llamamiento a juicio, debido a la ausencia del procesado. Por lo tanto, el Estado reconoce que la prescripción de la acción penal es imputable a sus autoridades.
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La Procuraduría General del Estado acude a la Corte IDH en el caso Guzmán Albarracín
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 27 de enero de 2020
UCS/20
La Procuraduría General del Estado acude a la Corte IDH en el caso Guzmán Albarracín
El 28 de enero de 2020, la Procuraduría General del Estado comparecerá ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en su sede en San José, Costa Rica, a fin de ejercer la defensa del Estado dentro del caso Guzmán Albarracín y otros Vs. Ecuador.
El caso hace referencia a la adolescente Paola Guzmán Albarracín, de 16 años de edad cuando ocurrieron los hechos, quien el 12 de diciembre de 2002 falleció como resultado de haber ingerido fósforo blanco, antes de ir al colegio. Una vez que se conoció del hecho, fue tratada médicamente, pero no fue posible salvar su vida.
Producida la muerte de la adolescente se iniciaron procesos en sede penal, civil y administrativa. La investigación penal para esclarecer un posible acoso sexual o estupro de los cuales pudo haber sido víctima por parte de una autoridad del colegio, no pudo ser esclarecida en sede nacional, debido a que una vez emitido el auto de llamamiento a juicio, el acusado se encontraba prófugo. Por otro lado, el proceso civil tampoco logró la ejecución de la sentencia de primera instancia ya que fue archivado por abandono. Finalmente, el proceso administrativo no determinó ni la existencia de una posible violencia sexual ni de una sanción vinculada.
A raíz de esto, las familiares de Paola Guzmán Albarracín, acompañadas de sus abogadas patrocinadoras, decidieron poner el caso en conocimiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el 02 de octubre de 2006. La CIDH receptó las observaciones de las partes procesales, es decir peticionarios y Estado ecuatoriano. En este contexto, las representantes y los familiares de la víctima alegan, entre otras: la responsabilidad estatal por la supuesta falta de actuación diligente de la institución educativa para evitar los presuntos hechos de violencia contra Paola Guzmán, como para contrarrestar los efectos de la ingesta de fósforo blanco.
Dentro del procedimiento sustanciado ante la CIDH, se llevaron a cabo varios intentos para alcanzar un acuerdo de solución amistosa, que fueron infructuosos. Por ello, el 07 de febrero de 2019 la CIDH decidió someter el caso a conocimiento de la Corte IDH para que analice y resuelva sobre la responsabilidad internacional del Estado por los hechos alegados.
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La Dirección Nacional de Patrocinio busca fortalecer su equipo de trabajo para el 2020
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 23 de enero de 2020
UCS/19
La Dirección Nacional de Patrocinio busca fortalecer su equipo de trabajo para el 2020
Uno de los objetivos a cumplir en este año por parte de la Dirección Nacional de Patrocinio de la Procuraduría General del Estado (DNP-PGE) es el fortalecimiento de su equipo de trabajo, a fin de solventar un mayor número de causas de las que se atienden al momento y aumentar el apoyo a las instituciones del Estado.
Solo en planta central, la DNP cuenta con alrededor de 40 abogados especializados en materias de lo civil, penal, laboral, recursos constitucionales y contencioso administrativo, quienes se encargan de atender los procesos a su cargo y gracias a quienes se registran, hasta el momento, 2.386 sentencias a favor del Estado ecuatoriano.
El director de la DNP, Marco Proaño Durán señaló que en el 2019 esta dependencia se caracterizó por presentar una defensa eficaz y eficiente del Estado con el debido asesoramiento y coadyuvando el patrocinio de sus instituciones.
El 30% del total de las causas activas corresponden a casos de lo contencioso administrativo, en el 2019 ingresaron 3.440 nuevas causas llegando a un total de 31.246 con las de años anteriores.
El 53% del total de sentencias favorables para el Ecuador corresponden a la defensa que se realiza en acciones constitucionales interpuestas contra el Estado ecuatoriano.
También se mejoró la coordinación interinstitucional con varios organismos públicos con la finalidad de preparar las estrategias de defensa en los casos judiciales.
La Dirección de Patrocinio participa de forma activa y oportuna en las causas penales que son de relevancia jurídica y mediática para el país, como los casos Sobornos 2012-2016, Jorge Glas, Alvarado, Vicuña, Iván Espinel, entre otros.
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La Dirección Nacional de Patrocinio mantiene un trabajo continuo con las diferentes instituciones del Estado
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 22 de enero de 2020
UCS/18
La Dirección Nacional de Patrocinio mantiene un trabajo continuo con las diferentes instituciones del Estado
Varias instituciones del Estado trabajaron en coordinación en el 2019 con la Dirección Nacional de Patrocinio de la Procuraduría General del Estado (DNP-PGE).
Esta labor se realiza en cumplimiento al artículo 237, numerales 1 y 2 de la Constitución de la República del Ecuador que establecen que la Procuraduría General del Estado ejerce la representación judicial y el patrocinio del Estado y de sus instituciones.
En esta lista se encuentran instituciones como la Presidencia de la República, la Asamblea Nacional, el Consejo de la Judicatura, Petroecuador, Petroamazonas, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social; y ministerios de Finanzas, Relaciones Exteriores, Salud, Educación, de Energía y Minas, del Ambiente y de Gobierno.
La coordinación de la defensa institucional también se realizó con la Contraloría General del Estado, sobre todo en las causas contenciosas administrativas, sin dejar de lado las causas penales, ya que de sus informes “se desprenden indicios de responsabilidad en ese ámbito”, esto lo explicó Alexandra Mogrovejo, subdirectora de Asuntos Constitucionales de la PGE.
Iniciado el 2020, la DNP registra 104.906 causas activas en materias de lo civil, penal, tributario, laboral, recursos constitucionales y contencioso administrativo.
La DNP, además, registró varias acciones constitucionales, especialmente con el Consejo de la Judicatura, tanto al defender los casos de informe motivado a través del cual se destituyeron a varios jueces a través de la figura del error inexcusable por el Consejo anterior, así como, al acudir ante la Corte Constitucional a defender la constitucionalidad del proceso de evaluación a los jueces de la Corte Nacional de Justicia.
Una de las acciones constitucionales importantes en las que la PGE ha intervenido de manera activa a nivel nacional, han sido las relacionadas a las vice alcaldías, por paridad de género, en donde los resultados han sido positivos para los GADS ya sea en primera o en segunda instancia, resaltando la acción de protección ganada en la ciudad de Quito.
Para este año, los esfuerzos se centrarán en continuar con el apoyo y defensa de los intereses del Estado. Por esa razón la DNP tiene mucha expectativa por las mejoras que se pretenden aplicar con el Proyecto de Fortalecimiento Institucional (Profip), el cual buscará mejorar la gestión de las causas judiciales activas que le corresponde a la Procuraduría”.
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