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Casos penales en los que la Procuraduría actúa como acusadora particular
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 21 de noviembre de 2019
UCS/89
Casos penales en los que la Procuraduría actúa como acusadora particular
Desde que el procurador Íñigo Salvador asumió su mandato en julio de 2018, la entidad intervino como acusadora particular en procesos judiciales.
En el caso Secom, por ejemplo, está procesado el exsecretario de comunicación, Fernando Alvarado. Durante su gestión se hicieron presuntas contrataciones que -a criterio de la Fiscalía y la Procuraduría- fueron innecesarias e injustificadas, para beneficiar a terceros. La PGE está a la espera de que la Corte Nacional convoque a audiencia de juicio.
El caso Secom II, por ejemplo, se dio tras una cobertura que se realizó en la visita del Papa Francisco a Ecuador, del 5 al 8 de julio de 2015. Las investigaciones determinaron que no hubo necesidad de contrataciones ni se hicieron de la forma prevista por la ley. El proceso se lo hizo a través de convenios de pago, es decir, fuera el sistema de Contratación Pública.
Un caso que se lleva a cabo en Guayaquil es del exministro de Inclusión Económica y Social, Iván Espinel, procesado por enriquecimiento ilícito. Es de conocimiento público que se declaró la nulidad del proceso, ante lo cual la Fiscalía y la Procuraduría rechazaron esa decisión y esperan la apelación.
Además, están el proceso que se sigue en contra de Sofía Espín, exasambleísta de la Revolución Ciudadana y exasesora del exvicepresidente Jorge Glas. Y el de la abogada de Rafael Correa, Yadira Cadena, por presunto fraude procesal, que está en suspenso. Espín está prófuga y reside en Bolivia. La PGE espera la convocatoria a la audiencia preparatoria de juicio.
Otros caso de intervención de la PGE como acusación particular es el de la exvicepresidenta María Alejandra Vicuña. Ella está acusada de haber cometido el delito de concusión y espera la audiencia de juicio. Lo mismo ocurre con la exasambleísta de Alianza PAIS (AP), Norma Vallejo, en este caso se posponen las convocatorias previas por problemas de salud de la acusada. En Singue, el pasado 15 de noviembre, se llamó a comparecer a todos los procesados, pero aún no hay la convocatoria a la audiencia de juicio.
Por último, está el caso Sobornos 2012-2016 que se encuentra en la etapa de audiencia preparatoria de juicio por el delito de cohecho agravado. La PGE pidió que se dicte el auto de llamamiento a juicio, así como se ratifiquen las medidas cautelares, personales y reales que se encuentran vigentes.
Alicia Contero, subdirectora de lo Civil y Penal de la Procuraduría General del Estado, señaló que no todos los casos que lleva la PGE tienen acusación particular porque no se han reunido todos los elementos para ello. “No nos olvidemos que presentar una acusación particular acarrea el hecho de que en algún momento los jueces deben calificar si la acusación es maliciosa y temeraria y eso conlleva sanciones para quien la presente”, explicó.
Una acusación particular se debe presentar antes de que termine la instrucción fiscal. Hay que reunir todos los elementos de convicción: la existencia del delito y si las personas fueron acusadas por Fiscalía tienen participación como autores o cómplices. Los hechos tienen que estar tipificados en la normativa legal. La Procuraduría interviene cuando hay un perjuicio al patrimonio del Estado y se cuantifica ese daño.
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Conferencia “Arbitraje al Día: propuesta de ley, tendencias y desafíos”
BOLETÍN DE PRENSA
Guayaquil, 20 de noviembre de 2019
UCS/88
Conferencia “Arbitraje al Día: propuesta de ley, tendencias y desafíos”
Hoy se realizó en Guayaquil la conferencia “Arbitraje al Día: propuesta de ley, tendencias y desafíos”, organizada por la Comisión de Arbitraje y ADR del Capítulo Ecuatoriano de la Cámara de Comercio Internacional – ICC Ecuador y las Cámaras de Comercio de Quito y Guayaquil, con el apoyo de la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional.
En este encuentro, el Procurador General del Estado, Íñigo Salvador Crespo presentó su ponencia “Arbitraje local e internacional: ¿Dónde estamos y hacia dónde vamos?
En ella, el Procurador explicó que el organismo al que representa busca evitar conflictos, arbitrajes, pero sobre todo ahorrar recursos económicos. Además, repasó algunos temas importantes que deben ser considerados para la posible reforma de la Ley de Arbitraje y Mediación en el Ecuador:
- La necesidad de realzar la autonomía de las partes
- Ampliar los plazos para contestar, reconvenir y los términos deben ser más flexibles.
- Establecer la figura del árbitro de emergencia, diseñada para aquellas situaciones en las cuales una de las partes requiera de medidas provisionales urgentes
- Fomentar a Ecuador como una sede atractiva para el arbitraje internacional
El Procurador dijo que Ecuador ha propuesto reformas para reafirmar el mecanismo de solución de controversias entre estados e insistir en la independencia e imparcialidad de los árbitros. Esas reformas fueron presentadas ante el grupo de trabajo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Uncitral, por sus siglas en inglés).
Al concluir señaló que es importante establecer normas claras, objetivas y estrictas que garanticen su aplicación de manera uniforme.
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Caso Sobornos 2012-2016: Doce funcionarios públicos constan en la acusación particular
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 20 de noviembre de 2019
UCS/87
Caso Sobornos 2012-2016: Doce funcionarios públicos constan en la acusación particular
En el marco de la fundamentación del caso Sobornos 2012-2016, la Procuraduría General del Estado, en calidad de acusadora particular, detalló los nombres de los funcionarios que incurrieron en el delito de cohecho agravado.
Según el artículo 286 del Código Penal, vigente (hasta el 10 de agosto de 2014) en el momento de los hechos: “Todo funcionario público y toda persona encargada de un servicio público que, por ofertas o promesas aceptadas, por dones o presentes recibidos, hubieren ejecutado, en el ejercicio de su cargo, un acto injusto, o se hubieren abstenido de ejecutar un acto que entraba en el orden de sus deberes serán reprimidos con tres a seis años de reclusión menor y con multa de dieciséis a setenta y siete dólares de los Estados Unidos de Norteamérica a más del triple de lo que hayan percibido”.
Entre los funcionarios constan:
- Rafael Vicente Correa Delgado (A1–SP-RC-RCD) Presidente de la República entre el 15 enero de 2007 al 24 mayo de 2017. También fue presidente del Movimiento Alianza País (AP) del 2006 al 2017.
- Jorge David Glas Espinel (A2-SVP-L1-JG). Ministro Coordinador de Sectores Estratégicos del 5 de abril de 2010 al 10 de noviembre de 2012.
Vicepresidente de la República del 24 de mayo de 2013 al 6 enero de 2018.
Segundo vicepresidente de AP desde el 2014 al 2017
- María de los Ángeles Duarte Pesantes (MD-L2). Ministra de Transportes y Obras Públicas (MTOP) del 1 de mayo de 2010 a 10 marzo del 2014.
Ministra de Desarrollo Urbano y Vivienda (Miduvi) del 18 de febrero del 2015 al 5 de enero del 2017.
Directora Provincial de Alianza País (AP) Guayas.
- Walter Hipólito Solís Valarezo (WS-L3). Secretario Nacional del Agua (Senagua) del 10 noviembre del 2011 al 22 de junio del 2015.
Ministro de Transporte y Obras Públicas (MTOP) del 22 de junio del 2015 al 22 de septiembre del 2016.
- Pamela María Martínez Loayza (PM-C3). Asesora del Presidente de la República. Servidora pública de Presidencia del 16 de noviembre de 2012 al 30 de octubre del 2015.
- Roldán Vinicio Alvarado Espinel (VA-VAE). Ministro de Turismo, del 19 junio del 2013 al 10 de marzo de 2014.
Secretario del Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Ecuador (SNAP), del 10 de marzo de 2014 al 15 de octubre del 2015
Ministro Coordinador de la Producción, del 10 de marzo del 2015 al 10 de junio de 2016
Miembro del buró político de Alianza País (AP)
- Laura Guadalupe Terán Betancourt (LT). Servidora pública de la Presidencia de la República desde el 26 de agosto de 2009 al 30 de septiembre del 2015.
- Alexis Javier Mera Giler (AM). Secretario Jurídico de la Presidencia de la República del 15 de enero del 2007 al 24 de mayo de 2017.
- María Augusta Enríquez Argudo. Asesora del SNAP, del 1 de febrero de 2012 al 2 de julio de 2013.
- Yamil Farah Massuh Jolley. Asesor del MTOP, del 5 de julio de 2010 al 30 de abril de 2014
- Viviana Patricia Bonilla Salcedo. (VB) Asambleísta.
- Christian Humberto Viteri López (CV) Asambleísta.
La Procuraduría General de Estado también estableció que la mayoría de contratos y convenios de pago en el caso Sobornos se realizó en la Vicepresidencia de la República, la Empresa Pública de Desarrollo Estratégico Ecuador Estratégico EP, el Ministerio Coordinador de Sectores Estratégicos, la Corporación Eléctrica del Ecuador (CELEC EP), Petroecuador, la Refinería del Pacífico Eloy Alfaro, el Ministerio de Trasportes y Obras Públicas (MTOP) y Senagua.
De esta manera, la PGE pidió que se dicte el auto de llamamiento a juicio, y que se ratifiquen las medidas cautelares, personales y reales que se encuentran vigentes.
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La fundamentación del caso Sobornos 2012-216 se basa en los “archivos verdes”
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 19 de noviembre de 2019
UCS/82
La fundamentación del caso Sobornos 2012-216 se basa en los “archivos verdes”
La fundamentación del caso Sobornos 2012-2016 en la que participa la Procuraduría General del Estado, como acusadora particular, se basa en la información que se encuentra en los informes periciales de los “archivos verdes” mantenidos por Pamela Martínez y Laura Terán, exasesora y exasistente en la presidencia de Rafael Correa.
El Procurador General del Estado, Íñigo Salvador, dijo que esta estructura delictiva se evidencia en una serie de subterfugios para evitar que sean identificados los protagonistas, desde quienes dan y reciben el dinero. Por ejemplo, cada uno de los funcionarios públicos tiene uno o varios códigos asignados en estos “archivos verdes”. Rafael Correa era “A1”, “SP” o “RC”, que además son las siglas de “Revolución Ciudadana”. Jorge Glas era “JG”, “SVP”, “Líder 1 o L1”; o Pamela Martínez que era “PM” o Coordinadora 3 “C3”.
“En los archivos informáticos no aparecen los nombres de los líderes o los coordinadores, ni de las empresas que entregaban los sobornos porque cada una de ellas tenía un código que era la “V” precedida de un número: “V1” era José Hidalgo Zabala, de Hidalgo- Hidalgo, entre otros”, indicó el titular de la PGE.
El Procurador sostiene que más allá de que los cuadernos de Pamela Martínez sean o no contemporáneos a los hechos, representan solamente una de las posibles evidencias a utilizarse en este caso. “Lo que dice es absolutamente corroborado por los “archivos verdes”, es decir, los archivos informáticos que fueron obtenidos de las computadoras que usaban Martínez y Terán en la Presidencia de la República y en sus oficinas del edificio Concorde”.
Además de los informes periciales están los testimonios varias de las personas implicadas que corroboran cada una de las aseveraciones de Pamela Martínez. Según el Procurador, un juez suele valorar la integralidad de la prueba no hay forma de decir que Martínez estaba mintiendo.
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Transigir o desistir de un pleito es un servicio de la PGE para las entidades del sector público
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 18 de noviembre de 2019
UCS/81
Transigir o desistir de un pleito es un servicio de la PGE para las entidades del sector público
Uno de los servicios de la Procuraduría General del Estado (PGE) es asesorar a todas las instituciones y organismos públicos en las controversias. Esto significa que la PGE hace posible que dos entidades estatales acudan a transigir o desistir de un pleito antes de ir a instancias legales más costosas y largas.
La misión de la PGE es ejercer la representación y defensa del interés público y patrimonio del Estado velando por la oportuna aplicación de la ley para garantizar su seguridad jurídica”. La PGE, a través de la Dirección de Asesoría Jurídica, elabora informes de autorización para transigir o desistir del pleito.
Transigir es concluir una transacción, sobre lo que se estima justo, razonable o verdadero, para conciliar discrepancias, evitar un conflicto o poner término a él, pero con concesiones y renuncias recíprocas.
El artículo 12 de la Ley Orgánica de la PGE señala que las entidades y organismos del sector público con excepción de los gobiernos autónomos deben solicitar autorización o delegación para transigir o desistir del pleito al Procurador General del Estado, cuando surjan controversias.
Para acceder a ese servicio, las instituciones deberán cumplir con:
- Solicitud con la petición concreta al PGE para que se le conceda la autorización o delegación para transigir o desistir del pleito, detallando los antecedentes que motivaron la controversia y los acuerdos alcanzados.
- Nombramiento de la máxima autoridad que solicita la autorización o delegación.
- Proyecto de acta transaccional o acta de mediación con sus respectivos anexos y habilitantes.
- Informe técnico
- Informe económico o financiero
- Informe jurídico favorable
- Certificación presupuestaria en caso de existir erogación de fondos públicos.
La PGE tiene convenios interinstitucionales para fortalecer el área de Talento Humano en la actividad jurídica administrativa institucional; en las competencias y funciones legales; en el cumplimiento del Sistema de Contratación Pública; en el fortalecimiento y actualización en el ámbito de la Teoría del Derecho, Derecho Constitucional y Derechos Humanos; en la recuperación de activos; en las pasantías con diferentes universidades del país; en el marco regulatorio con respecto a la organización y celebración del Foro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
La PG ha suscrito convenios con 15 instituciones, tres de las cuales son universidades.
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- El Procurador Íñigo Salvador Crespo fijó el pago de reparación integral de 23,3 millones de dólares por el caso Sobornos 2012-2016
- La Procuraduría acompañó la acusación particular en el caso María Sol Larrea
- Caso Sobornos 2012-2016: La Fiscalía continúa presentando sus elementos de convicción
- Tres sistemas informáticos contribuyen a la evacuación de casos en la Procuraduría
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