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“La tecnología como el elefante blanco en el arbitraje”
BOLETÍN DE PRENSA
Guayaquil, 21 de noviembre de 2019
UCS/92
“La tecnología como el elefante blanco en el arbitraje”
En el marco de la Conferencia “Arbitraje al Día: propuesta de ley, tendencias y desafíos, se está llevando a cabo el día de hoy, la conferencia “Arbitraje en tiempos de millenials” en el auditorio Vicente Rocafuerte de la Universidad Católica Santiago de Guayaquil. Fue organizada por el subcomité de Árbitros Jóvenes de ICC- Ecuador, con el apoyo de ICC YAF.
¿Quiénes son los millenials?, la generación que nació a partir del año 1981 y que crecieron con la tecnología. Los millenials dedican 5 horas en promedio, de cada uno de sus días, a la tecnología y para ellos eso significa un gran impacto directo en sus profesiones, más aún en la abogacía. El tema central de esta jornada académica apunta a conocer ¿cómo cambia la tecnología la práctica del arbitraje?.
El primer panel fue moderado por Emilio José Aguayo, Ferrere Abogados, y los participantes son abogados jóvenes, expertos en arbitraje, quienes analizaron “La tecnología como el elefante blanco en el arbitraje”. Fausto Albuja Guarderas, de Guarderas & Guarderas Abogado, habló sobre Breves Reflexiones sobre Smart contracts. Mientras Mateo Ruales Espinosa, de Alarcón Gallegos Ruales Abogados, expuso acerca de Blockchain y arbitraje:¿confidencialidad en riesgo?.
Camila Andrade, Gonnzález Peñaherrera & Asociados Cia. Ltda., analizó el tema: La práctica de la prueba online. Y Leyree Suárez, de Paz Horowitz Abogados, abordó Elementos esenciales para establecer un protocolo de ciberseguridad en el procedimiento arbitral.
Entre los asistentes estuvieron estudiantes de Derecho de la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil.
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Tres medidas de reparación integral se aplicarán en el caso Sobornos 2012-2016
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 21 de noviembre de 2019
UCS/91
Tres medidas de reparación integral se aplicarán en el caso Sobornos 2012-2016
Un aspecto relevante que abordó la Procuraduría General del Estado en la fundamentación de su acusación particular en el caso Sobornos 2012-2016, realizada el 18 de noviembre anterior, fue la reparación integral, que deberá cumplirse en tres aspectos: la indemnización material, inmaterial y con medidas de satisfacción.
La defensa del Estado basó este pedido de conformidad con el artículo 78 de la Constitución de la República del Ecuador y del artículo 78, numerales 3 y 4 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
El procurador Íñigo Salvador Crespo fijó como indemnización material el pago de USD 23,3 millones, cifra que equivale al triple del monto de USD 7´508.616,84, conforme lo dispuesto en el artículo 286 del Código Penal, vigente en el momento en que se cometieron los hechos. Estos valores se habrían ofrecido, recibido, entregado y aceptado por los empresarios nacionales y extranjeros a los servidores públicos.
Los valores serán cancelados de manera proporcional de acuerdo al grado de responsabilidad que se determine en sentencia y serán depositados en la cuenta del tesoro nacional.
Además, los sentenciados deberán cumplir con una indemnización inmaterial: el pago de un monto equivalente a un porcentaje, que fijará el Tribunal, del total de la indemnización material determinada con anterioridad.
Finalmente, como medidas de satisfacción, los acusados deberán dar disculpas públicas en la audiencia convocada para el efecto ante el juez de ejecución; publicar y difundir la resolución de la sentencia en medios de comunicación escrita, radial y televisiva a nivel nacional por 3 días consecutivos. También publicar la sentencia en la página web de todas las instituciones públicas que conforman la función Ejecutiva, por el tiempo que determine el órgano jurisdiccional.
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El equipo de la Procuraduría está en el noveno día de audiencia en el caso Sobornos 2012-2016
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 21 de noviembre de 2019
UCS/90
El equipo de la Procuraduría está en el noveno día de audiencia en el caso Sobornos 2012-2016
Hoy el equipo de la Procuraduría General del Estado (PGE) está presente en día noveno de la audiencia de evaluación y preparatoria del juicio por el caso Sobornos 2012-2016 en la Corte Nacional de Justicia.
El lunes pasado el procurador Íñigo Salvador hizo la fundamentación de la acusación particular de la PGE, según el artículo 604, numeral 3 del Código Integral Penal (COIP). El titular de la institución acusó a los procesados del delito de cohecho agravado, que está tipificado en el artículo 286 del Código Penal, vigente en el momento de los hechos.
También está recogido en el artículo 280 del COIP y en el 233 de la Constitución, que declara a este delito imprescriptible y juzgable en ausencia.
El delito de cohecho es uno de los que atentan contra el bien jurídico protegido “administración pública, y está en el actual COIP, como uno de los delitos que afecta a la eficiencia de la administración pública, lo que en la doctrina se conoce como la correcta “marcha de la administración pública”, dijo el Procurador.
Explicó que “nos encontramos frente a una sofisticada estructura de corrupción, diseñada, dirigida y utilizada desde la propia Presidencia de la República, usando sus instalaciones y recursos, y con la intervención de funcionarios de rango alto y medio de la administración pública. Ellos también utilizaban las instalaciones y recursos pertenecientes a la Vicepresidencia de la República, el Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos, el Ministerio de Transporte y de Obras Públicas y la Secretaría del Agua (Senagua) para canalizar y administrar sobornos recibidos de empresarios privados, a cambio de contratos de obra pública, señaló.
El propósito fundamental, aunque no exclusivo, de este complejo esquema de corrupción, fue asegurar la promoción y propaganda política y el funcionamiento del Movimiento Alianza PAIS, así como de sus principales directivos y candidatos, con dineros obtenidos a través de sobornos provenientes de empresas a las que se les adjudicó contratos y benefició con convenios de pago de obra pública.
El Procurador subrayó que debido a ello, AP, sus directivos y sus candidatos permanecieron vigentes en la conciencia de los electores, tuvieron mejores opciones de apoyo popular y el proyecto autodenominado la Revolución Ciudadana pudo perpetuarse en el poder una década entera, dijo.
Esto, agregó, al mismo tiempo que perpetuaba el proyecto político, servía para asegurar la impunidad, pues mientras ellos seguían de gobernantes, las probabilidades de detección, investigación, juzgamiento y sanción se reducían casi absolutamente, dijo.
El líder de este esquema de corrupción era Rafael Correa, presidente de la República durante 10 años, quien designaba como ministros o secretarios de Estados a personas de su absoluta confianza: Jorge Glas, María de los Ángeles Duarte, Vinicio Alvarado y Walter Solís.
Es evidente que la vinculación de estos altos funcionarios con carteras altamente proclives a la celebración de cuantiosos contratos de obra pública y altos dirigentes de AP, garantizaba la lealtad al líder del esquema delincuencial, Rafael Correa, la clandestinidad y continuidad del esquema y la autoridad necesaria para que sus instrucciones fueran cumplidas por funcionarios de rango inferior.
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Casos penales en los que la Procuraduría actúa como acusadora particular
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 21 de noviembre de 2019
UCS/89
Casos penales en los que la Procuraduría actúa como acusadora particular
Desde que el procurador Íñigo Salvador asumió su mandato en julio de 2018, la entidad intervino como acusadora particular en procesos judiciales.
En el caso Secom, por ejemplo, está procesado el exsecretario de comunicación, Fernando Alvarado. Durante su gestión se hicieron presuntas contrataciones que -a criterio de la Fiscalía y la Procuraduría- fueron innecesarias e injustificadas, para beneficiar a terceros. La PGE está a la espera de que la Corte Nacional convoque a audiencia de juicio.
El caso Secom II, por ejemplo, se dio tras una cobertura que se realizó en la visita del Papa Francisco a Ecuador, del 5 al 8 de julio de 2015. Las investigaciones determinaron que no hubo necesidad de contrataciones ni se hicieron de la forma prevista por la ley. El proceso se lo hizo a través de convenios de pago, es decir, fuera el sistema de Contratación Pública.
Un caso que se lleva a cabo en Guayaquil es del exministro de Inclusión Económica y Social, Iván Espinel, procesado por enriquecimiento ilícito. Es de conocimiento público que se declaró la nulidad del proceso, ante lo cual la Fiscalía y la Procuraduría rechazaron esa decisión y esperan la apelación.
Además, están el proceso que se sigue en contra de Sofía Espín, exasambleísta de la Revolución Ciudadana y exasesora del exvicepresidente Jorge Glas. Y el de la abogada de Rafael Correa, Yadira Cadena, por presunto fraude procesal, que está en suspenso. Espín está prófuga y reside en Bolivia. La PGE espera la convocatoria a la audiencia preparatoria de juicio.
Otros caso de intervención de la PGE como acusación particular es el de la exvicepresidenta María Alejandra Vicuña. Ella está acusada de haber cometido el delito de concusión y espera la audiencia de juicio. Lo mismo ocurre con la exasambleísta de Alianza PAIS (AP), Norma Vallejo, en este caso se posponen las convocatorias previas por problemas de salud de la acusada. En Singue, el pasado 15 de noviembre, se llamó a comparecer a todos los procesados, pero aún no hay la convocatoria a la audiencia de juicio.
Por último, está el caso Sobornos 2012-2016 que se encuentra en la etapa de audiencia preparatoria de juicio por el delito de cohecho agravado. La PGE pidió que se dicte el auto de llamamiento a juicio, así como se ratifiquen las medidas cautelares, personales y reales que se encuentran vigentes.
Alicia Contero, subdirectora de lo Civil y Penal de la Procuraduría General del Estado, señaló que no todos los casos que lleva la PGE tienen acusación particular porque no se han reunido todos los elementos para ello. “No nos olvidemos que presentar una acusación particular acarrea el hecho de que en algún momento los jueces deben calificar si la acusación es maliciosa y temeraria y eso conlleva sanciones para quien la presente”, explicó.
Una acusación particular se debe presentar antes de que termine la instrucción fiscal. Hay que reunir todos los elementos de convicción: la existencia del delito y si las personas fueron acusadas por Fiscalía tienen participación como autores o cómplices. Los hechos tienen que estar tipificados en la normativa legal. La Procuraduría interviene cuando hay un perjuicio al patrimonio del Estado y se cuantifica ese daño.
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Conferencia “Arbitraje al Día: propuesta de ley, tendencias y desafíos”
BOLETÍN DE PRENSA
Guayaquil, 20 de noviembre de 2019
UCS/88
Conferencia “Arbitraje al Día: propuesta de ley, tendencias y desafíos”
Hoy se realizó en Guayaquil la conferencia “Arbitraje al Día: propuesta de ley, tendencias y desafíos”, organizada por la Comisión de Arbitraje y ADR del Capítulo Ecuatoriano de la Cámara de Comercio Internacional – ICC Ecuador y las Cámaras de Comercio de Quito y Guayaquil, con el apoyo de la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional.
En este encuentro, el Procurador General del Estado, Íñigo Salvador Crespo presentó su ponencia “Arbitraje local e internacional: ¿Dónde estamos y hacia dónde vamos?
En ella, el Procurador explicó que el organismo al que representa busca evitar conflictos, arbitrajes, pero sobre todo ahorrar recursos económicos. Además, repasó algunos temas importantes que deben ser considerados para la posible reforma de la Ley de Arbitraje y Mediación en el Ecuador:
- La necesidad de realzar la autonomía de las partes
- Ampliar los plazos para contestar, reconvenir y los términos deben ser más flexibles.
- Establecer la figura del árbitro de emergencia, diseñada para aquellas situaciones en las cuales una de las partes requiera de medidas provisionales urgentes
- Fomentar a Ecuador como una sede atractiva para el arbitraje internacional
El Procurador dijo que Ecuador ha propuesto reformas para reafirmar el mecanismo de solución de controversias entre estados e insistir en la independencia e imparcialidad de los árbitros. Esas reformas fueron presentadas ante el grupo de trabajo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Uncitral, por sus siglas en inglés).
Al concluir señaló que es importante establecer normas claras, objetivas y estrictas que garanticen su aplicación de manera uniforme.
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- Caso Sobornos 2012-2016: Doce funcionarios públicos constan en la acusación particular
- La fundamentación del caso Sobornos 2012-216 se basa en los “archivos verdes”
- Transigir o desistir de un pleito es un servicio de la PGE para las entidades del sector público
- El Procurador Íñigo Salvador Crespo fijó el pago de reparación integral de 23,3 millones de dólares por el caso Sobornos 2012-2016
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