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CASO ORTEGA TRUJILLO – BANCO CONTINENTAL: LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO RECUPERA LOS PRIMEROS CINCO MILLONES EN EL CASO BANCO CONTINENTAL
BOLETÍN DE PRENSA PGE-CI-UCS-016
Quito, 22 de abril de 2019
CASO ORTEGA TRUJILLO – BANCO CONTINENTAL
La Procuraduría General del Estado recupera los primeros cinco millones en el caso Banco Continental
En el caso de los hermanos Ortega Trujillo – Banco Continental la Procuraduría General del Estado logró recuperar USD 4’885.718,90 incluidos intereses. La transferencia de fondos fue realizada el 10 de abril de 2019 a favor de Interamerican Asset Management Fund Limited IAMF a una cuenta del Banco del Pacífico en el Ecuador.
La defensa del Estado ecuatoriano obtuvo una sentencia favorable del Consejo Privado de la Corte de la Reina en Londres el 23 de marzo de 2015, dentro de la demanda en contra de Conticorp y los hermanos Leonidas, Luis Alberto y Jaime Ortega Trujillo, a quienes se condenó a pagar USD 191’953.517,50 por indemnización de daños más intereses y costas en el caso Banco Continental. Como beneficiaria consta la compañía IAMF, domiciliada en las Bahamas, cuyo propietario es el Banco Continental Overseas Curaçao, de propiedad de la entidad financiera ecuatoriana Banco del Pacífico.
Para la recuperación de los fondos, la Procuraduría inició acciones de ejecución de la sentencia en varias jurisdicciones entre las que se encuentra los Estados Unidos de América, específicamente en el Estado de Florida, donde se localizaron activos de los hermanos Ortega Trujillo. Como resultado de estas acciones el Décimo Primer Circuito del Condado de Miami-Dade expidió una decisión a favor del IAMF por el monto de USD 4’292.500,00.
La Procuraduría General del Estado pone de manifiesto su compromiso de continuar con la recuperación de los recursos de los ecuatorianos, en este y otros casos.
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ARBITRAJE CHEVRON: CORTE SUPREMA HOLANDESA RECHAZA ACCIÓN DE NULIDAD PLANTEADA POR ECUADOR EN 2014
BOLETÍN DE PRENSA PGE-CI-UCS-015
Quito, 18 de abril de 2019
ARBITRAJE CHEVRON: CORTE SUPREMA HOLANDESA RECHAZA ACCIÓN DE NULIDAD PLANTEADA POR ECUADOR EN 2014
La Procuraduría General del Estado ha informado que el 12 de abril de 2019 la Corte Suprema de Holanda dictó sentencia de última instancia, rechazando la demanda que el Ecuador había planteado en enero de 2014 para que se declare la nulidad de varios laudos que ordenaban medidas provisionales y un laudo sobre jurisdicción dictados en el arbitraje Chevron-Texaco contra el Ecuador entre 2012 y 2013.
El más alto tribunal holandés ratificó la sentencia de la Corte de Apelaciones de la Haya en la que se determinó que las alegaciones del Estado ecuatoriano carecían de fundamento. El Ecuador alegó, en su demanda, la inexistencia de una cláusula arbitral válida y, por lo tanto, el tribunal arbitral carecía de competencia; así como que los árbitros excedieron su mandato y los laudos eran contrarios al orden público.
Este es el mismo arbitraje en que, en agosto de 2018, se emitió un laudo que declara que el Estado ecuatoriano es responsable de haber violado el Tratado Bilateral de Protección de las Inversiones entre Ecuador y Estados Unidos, al emitir una sentencia, supuestamente fraudulenta, que condenaba a Chevron-Texaco al pago de 9500 millones de dólares. Este laudo también ha sido objeto de otra demanda de nulidad por parte del Ecuador, la cual se encuentra en sus etapas iniciales ante una Corte Distrital holandesa. El arbitraje actualmente está en su última fase, que corresponde a la cuantificación de daños.
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LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO INTERVINO EN EL PROCESO PENAL EN CONTRA DEL EXMINISTRO DE DEPORTES, RAÚL CARRIÓN FIALLOS, POR EL DELITO DE PECULADO
BOLETÍN DE PRENSA PGE-CI-UCS-013
Quito, 27 de marzo de 2019
LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO INTERVINO EN EL PROCESO PENAL EN CONTRA DEL EXMINISTRO DE DEPORTES, RAÚL CARRIÓN FIALLOS, POR EL DELITO DE PECULADO
Esta mañana en la Corte Nacional de Justicia, el tribunal dictó sentencia condenatoria en contra del doctor Raúl Carrión Fiallos, del ingeniero Fernando Moreno Viana y del ingeniero Patricio Sánchez acusándolos del delito de peculado, tipificado y sancionado en el artículo 257.4 del Código Penal, acogiendo así los argumentos esgrimidos por la Procuraduría General del Estado. Los sentenciados recibieron la pena de 5 años de prisión y se ordenó el pago de daños y perjuicios a favor del Estado.
La causa inició por el examen especial realizado por la Contraloría General del Estado que, en su informe No. DIAPA-0016-2009, determinó indicios de responsabilidad penal en contra del exministro de Deportes y los miembros de la comisión técnica que subdividieron contratos para evadir informes de control, en la Construcción del Complejo Deportivo Río Verde en Esmeraldas, en violación expresa al artículo 64 de la Ley de Contratación Pública.
En la audiencia de juicio, la Procuraduría General del Estado, en defensa del Estado, demostró que, en los años 2006, 2007 y 2008, el doctor Raúl Carrión Fiallos, en su calidad de Ministro del Deporte, y los miembros del Comité de Contrataciones, conformado por el ingeniero Fernando Moreno Viana y el ingeniero Patricio Sánchez adecuaron su conducta en el grado de autores, al delito de peculado tipificado en el artículo 257 del Código Penal, en la construcción de este proyecto.
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LA CIDH COMUNICA EL CIERRE DEL EXPEDIENTE DE MEDIDAS CAUTELARES SOLICITADAS POR JULIAN ASSANGE
BOLETÍN DE PRENSA PGE-CI-UCS-012
Quito, 12 de marzo de 2019
LA CIDH COMUNICA EL CIERRE DEL EXPEDIENTE DE MEDIDAS CAUTELARES SOLICITADAS POR JULIAN ASSANGE
Con base a la información remitida por el Estado ecuatoriano a través del trabajo conjunto de la Procuraduría General del Estado y la Cancillería, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, comunicó su decisión de cerrar el expediente de solicitud de medidas cautelares solicitadas por Julian Assange.
La decisión se fundamentó en que la solicitud planteada por Assange no cumplió con los requisitos de gravedad, urgencia y daño irreparable previstos en el artículo 25 del Reglamento de la CIDH, acogiendo de esta manera los argumentos planteados por la Procuraduría General del Estado.
Con esta decisión se mantiene vigente el Protocolo Especial de Visitas, Comunicaciones y Atención Médica, mismo que garantiza los derechos del asilado.
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- ECUADOR CUENTA CON UN PLAN NACIONAL PARA COMBATIR EL TRÁFICO ILÍCITO DE BIENES CULTURALES
- ECUADOR COOPERA CON DIVERSOS PAÍSES A NIVEL MUNDIAL PARA EVITAR EL TRÁFICO ILÍCITO DE BIENES CULTURALES
- RECUERDA QUE EL TRÁFICO ILÍCITO DE BIENES CULTURALES ES UN DELITO EN EL ECUADOR
- SI PERDEMOS NUESTROS BIENES PATRIMONIALES, PERDEMOS NUESTRA HISTORIA, MEMORIA SOCIAL Y CULTURA
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