Inicio
DR. ÍÑIGO SALVADOR CRESPO POSESIONADO COMO PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO
BOLETÍN DE PRENSA PGE-CI-UCS-001
Quito, 31 de julio de 2018
ÍÑIGO SALVADOR ES EL NUEVO PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO

En el centro el Dr. Íñigo Salvador, PGE y Elizabeth Cabezas, Presidenta de la Asamblea Nacional.
El doctor Íñigo Salvador Crespo fue posesionado el día de hoy como Procurador General del Estado por la Presidenta de la Asamblea Nacional, Elizabeth Cabezas, conforme lo determinan los artículos 235 y 236 de la Constitución de la República del Ecuador. Ambas autoridades suscribieron el acta de posesión.
Acompañado de su esposa y de sus tres hijos, Íñigo Salvador ingresó al salón Nela Martínez donde fue recibido por las principales autoridades de la Legislatura: Presidenta, primera y segundo Vicepresidentes. Así, el Procurador General del Estado asumió el cargo luego de ser posesionado por la Presidenta de la Asamblea quien cumplió con el procedimiento previsto en la ley.
El Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio había notificado la designación de la máxima autoridad de la Procuraduría el 23 de julio de 2018.
De acuerdo a la norma constitucional, la Procuraduría General del Estado es un organismo público, técnico-jurídico cuya misión es defender judicial y extrajudicialmente al Estado; absolver consultas legales con criterio vinculante; y, ejercer el control de la legalidad de los actos y contratos del sector público, en beneficio de los objetivos nacionales. Al Procurador General del Estado le corresponde la representación judicial y el patrocinio del Estado, así como de sus instituciones, el asesoramiento legal y la absolución de las consultas jurídicas a los organismos y entidades del sector público con carácter vinculante, sobre la inteligencia o aplicación de la ley, entre otras funciones.
![]() |
![]() |
Quito. 31 de julio de 2018, Íñigo Salvador, Procurador General del Estado en su presentación al personal de la PGE.
Posteriormente, Íñigo Salvador se presentó ante el personal de la institución asumiendo el compromiso del trabajo mancomunado por la defensa jurídica del Estado, no sin antes mencionar que realizará los cambios necesarios para alcanzar la excelencia en todos los ámbitos institucionales.
COORDINACIÓN INSTITUCIONAL – UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL
Telf: 2941300 ext 2321
CASO ISAÍAS: LA PROCURADURÍA SOLICITÓ REVOCATORIA DE MEDIDAS CAUTELARES A FAVOR DE LOS HERMANOS ISAÍAS
NOTA INFORMATIVA
Quito, 26 de julio de 2018
UCS/07
Caso Isaías:
La Procuraduría solicitó revocatoria de medidas cautelares a favor de los hermanos Isaías
El 25 de julio de 2018, la Procuraduría General del Estado y el Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, solicitaron al Juez de Unidad Judicial Norte 2 de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Guayaquil, la revocatoria de su decisión judicial que concedió a los señores William y Roberto Isaías una medida cautelar constitucional, en la que dispuso al Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público abstenerse de realizar la enajenación de bienes inmuebles, que constaban en distintas resoluciones administrativas de la ex AGD y UGEDEP, hasta que se resuelva el fondo del proceso de reparación integral dictaminado por el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Las dos instituciones solicitaron ser recibidas en audiencia, para explicar el real contenido del Dictamen.
Lo hermanos Isaías fundamentaron su pedido en el Dictamen emitido por el Comité de Derechos Humanos de la ONU, notificado en junio de 2016, el cual constituyó un logro para el Estado, por ser mayoritariamente favorable, pues el Comité no dispuso una indemnización a favor de los señores Isaías, ni mucho menos la devolución de bienes. Además, rechazó la mayor parte de las pretensiones de los denunciantes, como la presunta violación a su derecho a la libertad personal y al principio de legalidad. Así mismo, negó sus alegaciones respecto a la supuesta violación al debido proceso en el marco del juicio penal seguido en su contra y únicamente encontró que la prohibición contenida en el Mandato Constituyente No. 13, vulneró los derechos de los autores a un proceso impugnatorio de carácter especial.
Posteriormente, el Estado ecuatoriano informó al Comité que la prohibición contenida en el Mandato No. 13, no era aplicable a otras acciones judiciales como el recurso contencioso administrativo o de plena jurisdicción, contenido en la entonces vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que no fue empleado por los peticionarios.
INFORMACIÓN RELACIONADA
COMUNICACIÓN SOCIAL
Teléfono: (02) 2941300 Ext. 2321
DESIGNACIÓN PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO
DESIGNACIÓNPROCURADOR GENERAL DEL ESTADO |
||||||
|
||||||
![]() |
![]() |
![]() |
||||
Resolución de postulación | Enlaces | Noticias relacionadas |
ENLACES
![]() |
|
![]() |
|
![]() |
|
![]() |
Resoluciones pleno CPCCS transitorio 2018 |
![]() |
NOTICIAS RELACIONADAS
- CASO PETROECUADOR: ALEX BRAVO - PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE GARANTÍAS PENALES DE PICHINCHA ACOGIÓ SOLICITUD DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA
- ODEBRECHT: CONCUSIÓN CARLOS Y JOHN PÓLIT FUERON SENTENCIADOS
- ODEBRECHT: ASOCIACIÓN ILÍCITA - CON LA APELACIÓN DE LA PGE, LA SALA PENAL DE LA CORTE PROVINCIAL REVOCÓ SOBRESEIMIENTO
- CASO ODEBRECHT: LA CIDH CERRÓ SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES A FAVOR DE PERSONA VINCULADA AL CASO
Página 91 de 148