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PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO APELARÁ LA DECISIÓN DE LA CORTE DISTRITAL DE LA HAYA EN EL CASO CHEVRON III
COMUNICADO DE PRENSA
Quito, 25 de enero de 2016
UCS/2
PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO APELARÁ LA DECISIÓN DE LA CORTE DISTRITAL DE LA HAYA EN EL CASO CHEVRON III

El Procurador General del Estado resaltó el claro error de los jueces holandeses al rechazar argumentos sólidos como la imposibilidad de aplicar retroactivamente el Tratado internacional o para admitir que contra su propia normativa un Estado puede intervenir en las decisiones judiciales.
Los laudos además atentan contra el orden público del Ecuador, en razón de que a través de ellos se ordena el que el propio gobierno ecuatoriano sea el que desconozca una sentencia válidamente emitida por sus cortes, impidiendo además así que cualquier análisis sobre la legalidad de dicha sentencia pueda ser practicado por las cortes ecuatorianas. En razón de ello, en su momento la defensa del Estado ecuatoriano explicó al Tribunal arbitral la imposibilidad de acatar los laudos arbitrales porque hacerlo estaría contra su orden público.
Resaltó que debe tomarse en cuenta que el tribunal arbitral en su última decisión se ha alejado de los argumentos de Chevron, ya que consideró, en marzo de 2015, ya declaró que no existió impedimento para la presentación de la demanda ambiental contra la compañía por parte de los litigantes de Lago Agrio. Todo ello, permite colegir que el Tribunal Arbitral está examinando cuidadosamente los argumentos de Ecuador antes de pronunciarse, sin que quepa atribuirse ningún triunfo por parte de Chevron.
PROCURADOR DIEGO GARCÍA REALIZÓ SUS OBSERVACIONES A PROYECTO DE LEY QUE BUSCA MODIFICAR ACCIÓN DE REPETICIÓN
COMUNICADO DE PRENSA
Quito, 13 de enero de 2016
UCS/01
Procurador Diego García realizó sus observaciones a proyecto de ley que busca modificar Acción de Repetición

El miércoles 13 de enero de 2016, el Procurador General del Estado, Dr. Diego García Carrión, expuso ante la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, sus observaciones sobre el Proyecto de Ley Reformatoria del artículo 67 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, concerniente a la acción de repetición. El Procurador remarcó que esta acción no debe ser limitada sino fortalecida.
La exposición del Dr. Diego García se centró en cuatro ejes del proyecto de reforma: las condiciones distintas para aplicar la acción de repetición contra los dignatarios de elección popular frente al resto de servidores públicos; requisitos adicionales para ejercerla; la limitación al Estado si este derecho se aplicaría únicamente en sentencias emitidas por la Corte Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos y, también condicionar al Estado en su defensa en casos de Derechos Humanos cuando sea conveniente realizar un allanamiento total o parcial.
Respecto a que se establezcan condiciones distintas para ejercer la acción de repetición contra los dignatarios de elección popular frente al resto de servidores públicos, el Procurador sostuvo que esto limitaría el derecho del Estado a recuperar los valores pagados por indemnizaciones. Además, la propia Constitución dispone que ningún servidor está exento de responsabilidad por las acciones u omisiones realizadas en el ejercicio de sus funciones.
Para el Procurador incluir requisitos adicionales para ejercer la acción de repetición, limitaría su ejercicio y lo que se debe buscar es que esta acción sea fortalecida para proteger los intereses de la nación y establecer responsabilidades en casos de violación de derechos. Asimismo, según el Procurador, el proyecto de reforma restringiría la repetición sólo respecto a sentencias expedidas por la Corte Constitucional, y a aquellas emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “De aprobarse la reforma, no se podría repetir contra los pagos erogados en virtud del cumplimiento de sentencias y autos definitivos emitidos en procesos de garantías jurisdiccionales ante jueces constitucionales de la función judicial, y de los informes emitidos por organismos internacionales de derechos humanos”, acotó.
El Procurador General del Estado, aprovechó su comparecencia, para proponer textos alternativos al proyecto de reforma de ley, destacando que los cambios deben darse en el procedimiento y no en los requisitos para ejercer el derecho, de manera que cualquier reforma a la acción de repetición esté encaminada a fortalecerla a favor de los intereses del Estado y de su defensa y garantizar su viabilidad.
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EN GUAYAQUIL: PRESENTACIÓN DEL LIBRO "CASO CHEVRON"

EN PERÚ: EL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO PRESENTÓ EL LIBRO CASO CHEVRON

PGE LOGRA QUE SE RECONOZCA EL DERECHO DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA A RECIBIR INDEMNIZACIÓN POR UN MONTO APROXIMADO A USD 35 MILLONES
COMUNICADO DE PRENSA
Quito, 1 de diciembre 2015
UCS/42
En Panamá: Caso APM /HUTCHINSON

- la compañía Terminales internacionales de Ecuador S.A en Liquidación incumplió sus obligaciones al no transferir el 5% de sus acciones a favor de APM y al retirarse de la Concesión de manera prematura e injustificada;
- y que las compañías Hutchison Port Investments Ltda y Hutchison Port Holdings Limited, son solidarias frente a la APM por estos incumplimientos contractuales.
Al referirse a este laudo, el Procurador General del Estado, Dr. Diego García Carrión, señaló “Si bien la indemnización no cubre el valor total del daño causado, este es un triunfo importante de la defensa del Estado liderada por la Procuraduría General y constituye un precedente transcendental, pues define de manera clara que el incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de los concesionarios de servicios públicos tiene que ser sancionada por los graves daños que se producen en contra de los ciudadanos de un Estado”.
- EN BOLIVIA: LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO DE ECUADOR PRESENTÓ EL LIBRO CASO CHEVRON
- EN CHILE SE PRESENTÓ EL LIBRO “CASO CHEVRON: DEFENSA DEL ECUADOR FRENTE AL USO INDEBIDO DEL ARBITRAJE DE INVERSIÓN”
- EL ESTADO ECUATORIANO NOTIFICÓ SU DECISIÓN DE APELAR EL FALLO EMITIDO EL 15 DE OCTUBRE DE 2015, EN LA DEMANDA PLANTEADA EN CONTRA DE LOS HNOS. ISAIAS.
- EL TRIBUNAL ARBITRAL RECHAZÓ LA DEMANDA PRESENTADA POR LA CONTRATISTA Y ACEPTÓ LA RECONVENCIÓN HECHA POR ECUADOR Y PERÚ
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