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IMPORTANTE DECISIÓN EN FAVOR DEL ESTADO ECUATORIANO
IMPORTANTE DECISIÓN EN FAVOR DEL ESTADO ECUATORIANO
La Procuraduría General del Estado informa que en el marco de uno de los procesos arbitrales de emergencia planteados por PROGEN INDUSTRIES LLC en contra de CELEC EP, en los que esta institución participó activamente, el árbitro de emergencia del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio Ecuatoriano-Americana (CAM AMCHAM) ha resuelto rechazar la solicitud de medidas cautelares.
PROGEN buscaba impedir la ejecución de la terminación unilateral del contrato emergente celebrado en agosto de 2024 para instalar 50MW de generación termoeléctrica en el cantón Quevedo.
En su decisión, el árbitro concluyó que no se cumple el requisito de apariencia de buen derecho (fumus boni iuris) de PROGEN. En consecuencia, rechazó las medidas solicitadas y dejó sin efecto la medida cautelarísima dictada el inicio del procedimiento de emergencia
La Procuraduría General del Estado reitera su compromiso con la defensa de los intereses estatales.
COORDINACIÓN INSTITUCIONAL - COMUNICACIÓN SOCIAL
Caso CNEL EP: Sobre la solicitud de ampliación y aclaración de la sentencia 1788-24-EP/25, la Procuraduría General del Estado informa
Caso CNEL EP: Sobre la solicitud de ampliación y aclaración de la sentencia 1788-24-EP/25, la Procuraduría General del Estado informa:
El 19 de febrero de 2025, la Procuraduría General del Estado en cumplimiento de sus deberes y con la finalidad de que no existan dudas y retrasos en la devolución de valores, interpuso recursos de aclaración y ampliación respecto de la sentencia 1788-24-EP/25 sobre el caso de los trabajadores de CNEL EP.
Esta Procuraduría solicitó -entre otras cosas- a la Corte Constitucional que se aclarara lo siguiente:
1.- Si la responsabilidad civil de los administradores de contratos y cláusulas colectivas es excluyente o complementaria con el mecanismo de devolución establecido en la sentencia.
2. Si al gestionar una acción de repetición la responsabilidad solidaria se puede ejercer contra todos los responsables y beneficiarios de este cobro.
3.- Si CNEL EP podría realizar condonaciones de capital o intereses o dar facilidades de pago a personas que a su criterio se encuentren en una situación especial.
Al respecto la Corte Constitucional, aclaró que le corresponde a la Contraloría General del Estado realizar un examen especial para determinar las responsabilidades que existieran y de la misma forma observará que CNEL EP sea el ente responsable de recuperar los valores establecidos en la sentencia, con el fin de evitar que se realice un “doble cobro” de los montos a ser recuperados por la empresa pública.
Asimismo, la Corte estableció que CNEL EP puede incorporar criterios específicos que atiendan la situación particular de determinadas personas por su vulnerabilidad, exclusivamente, en cuanto a la forma de su devolución, sin que ello habilite la condonación de valores.
COORDINACIÓN INSTITUCIONAL - COMUNICACIÓN SOCIAL
Corte Constitucional aceptó la acción extraordinaria de protección presentada por CNEL EP que contó con el apoyo y asistencia de la Procuraduría General del Estado
Corte Constitucional aceptó la acción extraordinaria de protección presentada por CNEL EP que contó con el apoyo y asistencia de la Procuraduría General del Estado
El 28 de octubre de 2021, 1579 servidores de carrera de la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL EP) presentaron una acción de protección a través de la cual se pretendía que se les aplique los beneficios del primer contrato colectivo celebrado entre la empresa pública y los trabajadores que se encuentran bajo el Código de Trabajo.
El 13 de enero de 2022, CNEL EP presentó una acción extraordinaria de protección (AEP) en contra de las sentencias de primera y segunda instancia, posteriormente el 24 de enero de 2022 -sin contar autorización del Procurador General del Estado- CNEL EP pretendía desistir de la AEP.
Por este motivo, la Procuraduría solicitó que de forma inmediata se remita el proceso íntegro a la Corte Constitucional sobre la base de que -en el contexto de una acción extraordinaria de protección - la demanda no podía ser susceptible de retiro ni le podrían ser aplicadas normas procesales ordinarias que impidan su acceso al órgano competente.
Tomando en consideración el pedido de la PGE, el Primer Tribunal de la Sala de Admisión de la Corte Constitucional admitió a trámite la acción extraordinaria de protección presentada el 13 de enero de 2022 señalando que -ante la presentación de una acción extraordinaria de protección- los jueces deben limitarse a remitir la acción a la Corte Constitucional así existan pedidos posteriores a la misma, ratificando también la obligación de contar con la autorización del Procurador General del Estado para desistir de un recurso o acción. Asimismo, estableció que la figura del retiro de la demanda no es aplicable para la acción extraordinaria de protección.
La intervención de la PGE en atención a su deber de velar por los intereses del Estado coadyuvó a que la Corte Constitucional avoque conocimiento, admita y declare con lugar la acción presentada por CNEL EP mediante la sentencia 1788-24-EP/25, logrando así una eficiente protección de los intereses estatales.
COORDINACIÓN INSTITUCIONAL - COMUNICACIÓN SOCIAL
Sobre el caso Alianza-Petroecuador, la Procuraduría General del Estado informa:
Sobre el caso Alianza-Petroecuador, la Procuraduría General del Estado informa:
Este 17 de febrero de 2025, a partir de las 11h30, las autoridades de la Procuraduría General del Estado recibieron a la abogada Ivonne Proaño Vélez, fiscal a cargo de la causa 17282-2022-02214 (Caso Alianza-Petroecuador) con la finalidad de que se verifique que no existe ningún acuerdo judicial o extrajudicial -celebrado en territorio nacional o extranjero- que excluya la obligación de Raymond Kohut, ejecutivo de la multinacional Gunvor, de pagar la indemnización al Estado ecuatoriano derivada de su participación en el delito de cohecho.
En este caso también habrían intervenido otras 17 personas, entre los que se encuentran exfuncionarios de Petroecuador.
La Procuraduría General del Estado, en ejercicio de sus competencias, continuará con la defensa de los intereses del Ecuador.
COORDINACIÓN INSTITUCIONAL - COMUNICACIÓN SOCIAL
La Procuraduría General del Estado al país:
La Procuraduría General del Estado al país:
La Procuraduría General del Estado, como entidad técnico-jurídica que defiende los intereses de la nación y el respeto al imperio de la Ley, exhorta a las diferentes funciones y órganos del Estado a ejercer en forma responsable y seria las atribuciones y competencias que les han sido otorgadas, a respetar la independencia de las demás funciones y órganos estatales, a acatar en forma irrestricta las normas constitucionales y legales vigentes y, en general, a mantener la paz social.
El Ecuador vive momentos de tensión que exigen serenidad, madurez política y un alto sentido de convivencia democrática.
A las puertas de un nuevo proceso electoral, que definirá el futuro del país, esta Procuraduría insta a todos los sectores a deponer cualquier interés personal o ideológico y tomar decisiones en beneficio del bien común.
COORDINACIÓN INSTITUCIONAL - COMUNICACIÓN SOCIAL
- Gustavo Massuh Isaías pagó USD 200.000 al Estado ecuatoriano por reparación integral
- Los bienes incautados a los hermanos Isaías Dassum permanecerán en manos del Estado ecuatoriano
- Sobre el monto de la reparación integral en el caso Metástasis, la Procuraduría General del Estado informa
- Gustavo Massuh pagará al Estado ecuatoriano USD 860.930,99 por reparación integral
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