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La Procuraduría tiene listo su Protocolo de Emergencia Sanitaria Nacional frente a la pandemia por COVID-19
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 27 de mayo de 2020
UCS/118
La Procuraduría tiene listo su Protocolo de Emergencia Sanitaria Nacional frente a la pandemia por COVID-19
En cuanto se retome el trabajo presencial o mixto en el país, la Procuraduría General del Estado, en el marco de su Plan de Manejo de la Emergencia Sanitaria Nacional, aplicará un protocolo con medidas de bioseguridad para los servidores y usuarios externos que lleguen a la institución.
Este protocolo busca proteger la salud de los servidores, sus familias y al público en general, garantizando la prestación de servicios institucionales.
Entre las disposiciones preventivas más relevantes se encuentran:
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Lavarse las manos frecuentemente, con agua y jabón, al menos durante 40 segundos, cada tres horas.
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Utilizar gel antibacterial con un porcentaje mayor al 70% de alcohol cuando no sea posible el lavado de manos o para reforzar la higiene entre cada lavado.
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Cubrir con el pliegue del codo tos y estornudos.
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Mantener al menos dos metros de distancia entre personas.
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Notificar inmediatamente al médico institucional por vía telefónica si existe la posibilidad de haber sido contacto de un caso confirmado de la infección.
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Notificar vía telefónica al médico institucional de manera inmediata en caso de experimentar sintomatología respiratoria (tos, congestión nasal, dolor de garganta, fatiga, dificultad respiratoria y/o fiebre), para coordinar valoración médica presencial.
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Identificar la vulnerabilidad y el riesgo de contagio propio. El teletrabajo en jornada completa es una disposición prioritaria para los grupos vulnerables y debe ser considerada por los jefes de las unidades administrativas, teniendo en cuenta la situación particular de los servidores a su cargo.
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Mantener comunicación social efectiva y permanente, por canales oficiales.
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Portar equipo de protección personal dotado por la institución, utilizarlo y desecharlo adecuadamente.
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Los servidores que ingresen a cumplir labores en jornada presencial o mixta deben seguir las recomendaciones generales establecidas a nivel institucional y los protocolos internos de la dirección a la que hagan parte, para minimizar el riesgo de exposición.
Pautas para el ingreso a las instalaciones:
- Desinfectarse las manos con gel antibacterial a la entrada.
- Usar el equipo de protección personal asignado según área y exposición al riesgo.
- Permitir confirmación de temperatura con termómetro infrarrojo por el personal de seguridad. Los visitantes externos con temperatura mayor o igual a 38ºC no podrán ingresar a las instalaciones institucionales. En el caso de los servidores deberán acudir a consulta con el médico institucional para definir plan de manejo.
- Registrar en el libro de ingreso los nombres completos, cédula y número de contacto telefónico de los usuarios externos. Este registro lo llevará a cabo el personal de seguridad.
- Mantener el principio de distanciamiento social de dos metros.
- Restringir el uso de tarjetas electromagnéticas y el uso del control biométrico, manteniendo la modalidad virtual para el registro de asistencia, evitando compartir superficies de contacto.
- Limitar la salida de los servidores durante la jornada laboral.
Pautas para la salida de las instalaciones:
- Eliminar correctamente el equipo de protección personal en un basurero destinado para desechos infecciosos, asegurando el procedimiento de retiro adecuado.
- Lavarse las manos con agua y jabón al finalizar la jornada laboral, posterior al retiro del equipo de protección personal, observando el procedimiento adecuado específico.
Pautas para el retorno al domicilio:
- Desinfectarse las manos con gel antibacterial a la entrada, antes de ingresar.
- Retirar el calzado y la vestimenta utilizada durante el día, en un área destinada para ello, idealmente en un recipiente a la entrada del domicilio.
- Evitar el contacto con miembros de la familia antes de realizar la totalidad del proceso de desinfección.
- Realizar el procedimiento de desinfección, preferiblemente con ducha y cambio total de la vestimenta.
- Lavar de modo independiente la vestimenta del servidor, idealmente en lavadora de ropa, a 60-90ºC.
DIRECCIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DEL TALENTO HUMANO
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El Procurador General del Estado cuenta las razones por las que se decidió finalizar los diálogos con Odebrecht
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 26 de mayo de 2020
UCS/117
El Procurador General del Estado cuenta las razones por las que se decidió finalizar los diálogos con Odebrecht
En una entrevista concedida a hoy a Radio Democracia, el Procurador General del Estado, Íñigo Salvador Crespo dijo que causó sorpresa, sobre todo a la opinión pública, que los diálogos con la compañía brasileña Odebrecht hayan tenido que terminar de forma abrupta.
Inicialmente el panorama era distinto ya que se pondrían de acuerdo para determinar objetivamente el monto del daño causado por esta compañía al Estado ecuatoriano por los actos de corrupción.
Sin embargo, las dos últimas cartas enviadas por Mauricio Cruz, nuevo director regional de esta compañía, decían básicamente que el Estado ecuatoriano tiene retenidos unos dineros, los cuales los deberían devolver para ellos pagar algunas obligaciones con el SRI, sus proveedores e incluso sus abogados; y lo que quede será para la indemnización por los daños causados.
Además, el representante de la compañía indicó que, si esto no ocurría simplemente los diálogos terminarían porque no estaban en capacidad de traer dinero al Ecuador. También daban a entender que la cooperación eficaz con la Fiscalía General del Estado concluiría.
El Procurador recordó que las conversaciones con Odebrecht iniciaron en julio pasado y hubo una segunda reunión en septiembre. En esa ocasión se determinó que el representante de Odebrecht de ese entonces, Félix Martins, se reuniría con el Contralor para establecer los montos, pero esa reunión no se pudo concretar por las movilizaciones violentas de octubre.
En diciembre, Odebrecht cambió de representante legal y también su actitud en la negociación, ya no había buena fe. “Lo que ellos pretendían es que se le devuelvan los dineros y lo que sobre sería para la indemnización. Otra de sus condiciones, además, era la posibilidad de retomar sus operaciones en el Ecuador”, expresó el titular de la Procuraduría.
Con las negociaciones “queríamos ahorrar al Estado recursos económicos por contratación de abogados y litigios”. Ahora Odebrecht deberá responder a las instituciones del Estado: al Servicio de Rentas Internas (SRI) por coactivas. La Contraloría General del Estado deberá determinar responsabilidades civiles, administrativas y eventualmente penales. La Fiscalía General del Estado deberá investigar a la compañía y a sus personeros; y, la Procuraduría deberá acompañar las demandas que las diferentes entidades contratantes de Odebrecht inicien. Citó como ejemplo a Petroecuador la cual iniciará un juicio por daños y perjuicios por el incumplimiento en el Poliducto Pascuales Cuenca.
La Procuraduría también realiza un seguimiento muy cercano a los juicios que se siguen en Estados Unidos, sobre todo en relación a Petroecuador. Si el Ecuador es víctima “haremos lo posible por recuperar fondos que se hayan perdido por corrupción”, indicó.
Para el doctor Salvador se dejó en claro -en la carta enviada al representante de Odebrecht, Mauricio Cruz- que en el acuerdo de cooperación eficaz no se estableció ningún condicionamiento para seguir con los procesos judiciales.
Cuando las instituciones del Estado se embarcaron en estas conversaciones lo hicieron de buena fe. “Creímos que podrían obtener una ventaja relativamente pronta al recuperar los dineros de la corrupción, pero en el fondo no había esa disposición y eso ha quedado en evidencia”. Se intentó llegar a una solución por medio del diálogo, pero si no funcionó, hay que acudir a los jueces y a las instancias administrativas establecidas por la Ley.
En cuanto a la lucha anticorrupción, el Procurador considera que es vital cambiar la forma de pensar de los ecuatorianos, algo que se logra desde los hogares y las escuelas. Es una situación que nos podría tomar un par de generaciones a más tardar.
Para escuchar el audio completo de esta entrevista, pulse aquí.
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Autorizaciones que se requieren o deben darse para transigir judicial o extrajudicialmente; o, desistir del pleito
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 22 de mayo de 2020
UCS/116
Autorizaciones que se requieren o deben darse para transigir judicial o extrajudicialmente; o, desistir del pleito
La Dirección Nacional de Asesoría Jurídica Institucional continúa ejerciendo las facultades establecidas en la Ley Orgánica y en el Reglamento Orgánico Funcional de la Procuraduría General del Estado, por medio del teletrabajo, comprometidos con el servicio público, entregando nuestro contingente día a día, a fin de que la actividad administrativa de la institución y del Estado no se paralice.
En estos tiempos de crisis es necesario utilizar los mecanismos previstos en la legislación para tratar de disminuir la conflictividad, evitar entrar en procesos desgastantes para las personas, las instituciones y la economía. Con este objetivo, se puede optar por la transacción que es una de las formas de extinguir las obligaciones según el Código Civil. Es un contrato por el que de una manera más ágil, cuando las partes han identificado que existe una relación dudosa que está creando conflicto y existe la voluntad de solucionar las discrepancias, se puede terminar un litigio pendiente o se precave uno eventual.
El inciso primero del artículo 12 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, concede al Procurador General del Estado la facultad para autorizar a Las entidades públicas que poseen personería jurídica para transigir o desistir del pleito, cuando la cuantía sea indeterminada o superior a veinte mil dólares de los Estado Unidos de América.
Con relación a las entidades que carecen de personería jurídica, el inciso segundo del artículo mencionado otorga al Procurador General del Estado la facultad de transigir o desistir del pleito en representación de dichas entidades, siempre y cuando las actuaciones se produzcan en defensa del patrimonio nacional y del interés público.
Las entidades podrán solicitar autorización o delegación para transigir o desistir del pleito, mediante una petición de la máxima autoridad o su delegado legalmente acreditado, dirigida al Procurador General del Estado, en la cual conste la naturaleza jurídica del organismo, la descripción clara de la controversia, los acuerdos arribados entre las partes, con la debida puntualización de cuáles son las concesiones recíprocas entre ellas, elemento constitutivo de la transacción.
A la solicitud de autorización o delegación para transigir se deberá adjuntar los documentos que acrediten la calidad en la que intervienen las partes, el proyecto de acuerdo al que han llegado, informes, jurídico (emitido por el Procurador Jurídico o quien haga sus veces, el cual deberá ser favorable), económico y financiero, si el caso lo amerita, y todos aquellos documentos que justifiquen que la transacción es beneficiosa para los intereses de la institución y del Estado.
La solicitud de autorización o delegación para desistir del pleito deberá contener la síntesis de la realidad jurídica de la causa y los motivos por los que se pretende desistir, y adjuntar el informe jurídico favorable que indique la conveniencia para la entidad y para el Estado de desistir de la pretensión planteada en total resguardo de los intereses estatales; así como, las copias de las principales piezas procesales.
Los organismos del régimen seccional autónomo no requerirán de dichas autorizaciones.
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Procesos judiciales que la Dirección Regional 1 de la Procuraduría General del Estado ha atendido durante la emergencia sanitaria nacional
BOLETÍN DE PRENSA
Guayaquil, 22 de mayo de 2020
UCS/115
Procesos judiciales que la Dirección Regional 1 de la Procuraduría General del Estado ha atendido durante la emergencia sanitaria nacional
En las cinco provincias que forman parte de la jurisdicción de la Dirección Regional 1 de la Procuraduría General del Estado, esto es, Guayas, Santa Elena, El Oro, Los Ríos y Galápagos, se defienden las Garantías Jurisdiccionales presentadas en contra de las instituciones del Estado en las que pudiere verse comprometido el interés público o el patrimonio del Estado ecuatoriano.
Se destaca que la coordinación interinstitucional previa a las audiencias, realizada mediante reuniones virtuales y llamadas telefónicas, ha sido clave para que los abogados de Patrocinio de la Dirección Regional 1, preparen, junto con los Procuradores Síndicos o Directores Jurídicos de las instituciones públicas demandadas, argumentos de defensa eficaz de los intereses del Estado.
Por su parte, la Dirección Regional 1 de la Procuraduría ha comparecido a todas las audiencias en materia constitucional -de forma telemática-, es decir, por medio del uso de una herramienta informática, implementada por el Consejo de la Judicatura durante el estado de emergencia sanitaria que vive el país. Dando así, cumplimiento a la Resolución N. 038-2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura, suscrita el 17 de abril del presente año.
A los abogados de la subdirección de Patrocinio de la ciudad de Guayaquil les han sido asignadas 35 audiencias: tres en Santa Elena, diez en Los Ríos, veinticuatro en El Oro y dos en Galápagos.
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La Dirección Regional de Loja y Zamora Chinchipe atiende los casos de garantías jurisdiccionales y asuntos constitucionales
BOLETÍN DE PRENSA
Quito, 21 de mayo de 2020
UCS/114
La Dirección Regional de Loja y Zamora Chinchipe atiende los casos de garantías jurisdiccionales y asuntos constitucionales
A pesar de la suspensión de términos en los procesos judiciales, la Dirección Regional de Loja y Zamora Chinchipe de la Procuraduría General del Estado trabaja arduamente en el análisis de los casos, comparecencia en casos de garantías jurisdiccionales, el avance en los proyectos de contestaciones a las demandas y en los proyectos de recursos y alegatos.
Estas actividades se realizan a través de la modalidad de teletrabajo con la finalidad de asegurar la continuidad de la prestación de servicios y, sobre todo, para garantizar la seguridad del equipo de trabajo.
Con el sistema de turnos para la atención de garantías jurisdiccionales, implementado por el Consejo de la Judicatura mediante resolución Nro. 038-2020, la actividad del área de Patrocinio, retoma una relativa normalidad.
Se ingresaron 29 nuevos casos vía acción de protección en contra de diferentes instituciones públicas como la Contraloría General del Estado, el Ministerio de Salud, el Servicio de Rentas Internas, la Universidad Nacional de Loja, el Servicio de Contratación de Obras, GAD de varios cantones, entre otras.
Asimismo, con la reactivación de las garantías jurisdiccionales que se tramitaban antes de la emergencia sanitaria, se ha determinado la necesidad de implementar el uso de medios telemáticos para la realización de las audiencias, lo que ha sido viabilizado a través del sistema informático POLYCOM perteneciente al Consejo de la Judicatura, a fin de mantener las medidas de distanciamiento social correspondientes. A través de este sistema, desde el 23 de abril del presente año, la Regional de Loja y Zamora Chinchipe ha sido notificada para la instalación de 53 audiencias, de las cuales ya hemos comparecido a 37 correspondientes a casos de garantías jurisdiccionales.
La Procuraduría General del Estado a través del equipo de trabajo que conforma la Dirección Regional de Loja y Zamora Chinchipe, comprometida con el cumplimiento de los objetivos institucionales, participa de forma activa en los procesos constitucionales durante esta emergencia sanitaria en las audiencias y con la presentación de recursos horizontales y verticales. Gracias a la coordinación con los representantes de las instituciones públicas demandadas, la PGE ha obtenido un mayor porcentaje de resoluciones favorables a los intereses estatales.
Con posterioridad; la Corte Nacional de Justicia emitió la Resolución Nro. 05-2020, en concordancia con el contenido de la resolución Nro. 045-2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura, que restablecen de forma parcial las actividades jurisdiccionales de la Corte Nacional de Justicia y las Cortes Provinciales y se implementó la ventanilla virtual para el ingreso de escritos en estas instancias. Con esta iniciativa, la Dirección Regional atiende los casos de garantías jurisdiccionales (acción de protección) que se encuentran en segunda instancia por recurso de apelación, aportando con alegatos y participando en las audiencias en estrados por medios telemáticos, así también como los recursos de casación pendientes.
De esta manera la Dirección Regional y de forma particular el área de Patrocinio, permanece activa con una participación oportuna y eficaz pese a las limitaciones propias de la emergencia sanitaria, teniendo siempre presente su misión y visión institucional que orientan las actuaciones de todos quienes somos parte de esta noble institución.
COORDINACIÓN INSTITUCIONAL - COMUNICACIÓN SOCIAL
Telf. 2941300 Ext. 2321
- Alcance del control que realiza la Dirección Nacional de Control de Legalidad de Contratos de la PGE
- Finalizan diálogos con Odebrecht para reparación integral al Estado ecuatoriano
- Procesos judiciales atendidos por la Dirección Regional de Azuay de la PGE en tiempos de COVID-19
- Parámetros que cumple la Procuraduría para actuar como acusadora particular en un proceso
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